Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396707

Visto el Escrito de Registro Nº 00020165 de fecha 13 de marzo del 2009, presentado por la empresa FISH ELIOMAR S.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 026-2003PRE/P-LL de fecha 28 de febrero del 2003, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al senor MORDAZA MORDAZA LUMBRES, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA EL MORDAZA, con matricula PL-6079-CM, de Arqueo Neto 09.03 equivalente a 38.95 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgadas (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 05 de setiembre del 2002, establecen respectivamente que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo, y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 083-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de febrero del 2008, se resolvio caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto, consignandose en el Anexo que forma parte de la citada resolucion y en el Regimen de la Ley Nº 26920 la embarcacion EL MORDAZA, de matricula PL-6079-CM; Que, a la fecha se consigna en la Pagina Web del Ministerio de la Produccion a la embarcacion pesquera de MORDAZA EL MORDAZA, de matricula PL-6079-CM, con 38.95 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y sardina para consumo humano directo, a nombre de MORDAZA MORDAZA LUMBRES; Que, a traves del escrito del visto, la empresa FISH ELIOMAR S.R.Ltda. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 0262003-PRE/P-LL, para operar la embarcacion pesquera EL MORDAZA, de matricula PL-6079-CM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa FISH ELIOMAR S.R.L, posee el dominio sobre la embarcacion pesquera de MORDAZA EL MORDAZA, de matricula PL-6079CM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio Nº 2009/19462, emitido por la MORDAZA Registral Nº II ­ Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 386-2009-

PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa FISH ELIOMAR S.R.Ltda. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 026-2003PRE/P-LL, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA EL MORDAZA, de matricula PL-6079-CM, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 026-2003-PRE/P-LL a favor de MORDAZA MORDAZA LUMBRES para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA EL MORDAZA, de matricula PL-6079-CM. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa FISH ELIOMAR S.R.Ltda., como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA EL MORDAZA, de matricula PL-6079-CM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 353294-11 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 332-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00021659 del 20 de marzo del 2009 presentado por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado;

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