Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
PRODUCTOS Soles por Galon PIN 6 PIN 500 PIN 6 GE PIN 500 GE LIMITE SUPERIOR 4.47 4.45 3.22 3.29

396701
LIMITE INFERIOR 4.17 4.15 3.22 3.29

el articulo 35° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Renovar la concesion temporal otorgada a favor de ELECTROANDES S.A., mediante la Resolucion Ministerial N° 184-2007-MEM/DM, publicada el 03 de MORDAZA de 2007, para que concluyan los estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Uchuhuerta, por un plazo adicional de doce (12) meses contados a partir del vencimiento del plazo originalmente otorgado, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Subsisten todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, conforme a la Ley de Concesiones, su Reglamento y la Resolucion Ministerial N° 184-2007-MEM/DM. Articulo 3°.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, por cuenta del interesado dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 351719-1

Articulo Segundo.- Mantener la Banda de Precios para las Gasolinas 97, 95, 90 y 84 octanos, Kerosene, Diesel B2, Diesel B2 GE, senalada en el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 073-2009-EM/DGH publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de MORDAZA de 2009. Articulo Tercero.- Publicar la Banda de Precios consolidada para cada uno de los productos a que hace referencia el Decreto de Urgencia Nº 010-2004. PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. G 97 G 95 G 90 G 84 KERO DIESEL B2 PIN 6 PIN 500 DIESEL B2 GE PIN 6 GE PIN 500 GE LIMITE SUPERIOR LIMITE INFERIOR 1.56 6.17 6.13 4.96 4.45 5.87 5.67 4.47 4.45 5.16 3.22 3.29 1.46 5.77 5.73 4.66 4.15 5.52 5.37 4.17 4.15 5.16 3.22 3.29 de

Disponen la publicacion de bandas de precios de combustibles y determinan factores de compensacion y aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 107-2009-EM/DGH 29 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 048-2008 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 0102004, sera hasta el 30 de junio de 2009; Que, el articulo 4° del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6° del Decreto Supremo Nº 1422004-EF dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano por lo menos una vez al mes, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2009 se publico, en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de la Banda de Precios de los combustibles. Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, y en los Decretos Supremo Nº 142-2004-EF, Nº 100-2005-EF y Nº 0472005-EM. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Publicar la nueva Banda de Precio para los Petroleos Industriales Nº 6 y 500, Petroleos Industriales Nº 6 GE y 500 GE.

Articulo Cuarto.- Determinar los Factores Compensacion y Aportacion correspondientes: PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. G - 97 G - 95 G - 90 G - 84 KERO DIESEL B2 PIN 6 PIN 500 DIESEL B2 GE PIN 6 GE PIN 500 GE Factor de Aportacion 0.06 0.46 0.33 0.12 Factor de Compensacion 0.65 0.79 1.10 1.01

Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral tendra efectos el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 354686-1

INTERIOR
Designan Comisionado Adjunto para Asuntos de Seguridad, en apoyo al Comisionado para la Paz y el Desarrollo con competencia en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0356-2009-IN/1003 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-IN; del 31 de octubre de 2001, se crea el cargo de Comisionado

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