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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (01/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de noviembre de 2009 405453 Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Planificación; a lo dispuesto en el numeral 9.3 de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; y por el numeral 11) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal “autorizar los viajes al exterior que en comisión de servicios o representación de la municipalidad realicen el Alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, y de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta adoptó el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde MANUEL ALEJANDRO MASÍAS OYANGUREN, en representación de la Municipalidad de Mirafl ores, para asistir a la Décima Conferencia para Alcaldes y altos representantes políticos del Global Cities Dialogue, a celebrarse en la ciudad de Helsinki, Finlandia, los días 2 y 3 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- DISPONER que el viaje que se autoriza se efectuará entre los días 31 de octubre y 4 de noviembre del presente año. Artículo Tercero.- ESTABLECER que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo, serán efectuados con cargo a los recursos propios de la Municipalidad de Mirafl ores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, conforme al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,316.00 Viáticos US$ 1,040.00 Tarifa CÓRPAC US$ 33.00 Seguro US$ 45.00 TOTAL US$ 3,434.00 Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Teniente Alcalde, señor Martín Bustamante Castro, las funciones del Despacho de Alcaldía, mientras dure la ausencia de su titular. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 416490-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Ordenanza que regula la simplificación del procedimiento y reducción de los derechos establecidos en el TUPA para la expedición de Constancias de Posesión ORDENANZA Nº 000125-2009-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 23 de octubre del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: VISTO; El Informe Nº 579-2009-GDU-MDSJM de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre el proyecto de Ordenanza de emisión de constancias de posesión y visación de planos, y el Informe Legal Nº 1016-2009- MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO; Que, el Decreto Supremo Nº 017-2006-Vivienda, artículo 31º señala que “Las empresas prestadoras de servicios públicos a mérito del certifi cado o constancia de posesión, otorgarán la factibilidad de servicios a los titulares de dicho documento, para lo cual presentarán: su solicitud acompañada de la constancia o certifi cado de posesión y plano simple de ubicación del inmueble”; Que, la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos de fecha 17 de marzo del 2006, en su Título III: Facilidades para la prestación de Servicios Básicos, artículos: 24º , 25º, 26º y 27º, del Título I de la Ley Nº 28687 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 006-2006-Vivienda, referido a Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares, establece la facultad de las Municipalidades de otorgar certifi cados de posesión para que las posesiones informales puedan acceder a Servicios Básicos, sin que ello constituya reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular; Que, considerando lo expuesto en los párrafos procedentes, es necesario atender y/o emitir las respectivas Constancia de posesión las mismas que se otorgarán sólo y exclusivamente a los pobladores que se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos y su Reglamento; Que, sobre el tema de reducción de los costos administrativos establecidos en el Texto Único De Procedimientos Administrativos, el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley de Procedimientos Administrativo General, señala que: (...) una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derecho de tramitación o requisitos, se debe realizar (...), según el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante Ordenanza Nº 102-2009-MDSJM se reguló la simplifi cación del procedimiento y reducción de los derechos establecidos en el TUPA de la Municipalidad la cual ha fenecido en el plazo establecido; Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con el artículo 9º numeral 8, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el voto del Pleno del Concejo, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA SIMPLIFICACION DEL PROCEDIMIENTO Y REDUCCION DE LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE POSESION Artículo 1º.- Serán benefi ciarios del otorgamiento de las Constancias de Posesión y visación de planos, los AA.HHs. en proceso de formalización en terrenos de propiedad del estado, en procesos de formalización en terrenos de propiedad privada y a las organizaciones vecinales que se encuentren en las zonas limítrofes con los distritos de Villa María del Triunfo, Chorrillos y Santiago de Surco que se encuentren en posesión al 31 de Diciembre del 2004 y los AA.HHs. titulados que no cuenten con los servicios de agua desagüe y luz. Artículo 2º.- El derecho de pago a reducir por la expedición de la constancia de posesión y visación de planos será de S/ 15 (quince) Nuevos soles y deberán cumplir con los siguientes requisitos: • Solicitud dirigida al Alcalde (DD.JJ) • Copia de DNI • Plano Simple de ubicación (Croquis de ubicación) • Acta de verifi cación de posesión efectiva del predio emitida por un funcionario de la Municipalidad distrital correspondiente y suscrita por todos los colindantes del predio. Artículo 3º.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es hasta el 30 de Diciembre del 2009, facultándose al alcalde disponer su prórroga mediante