Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2009 (01/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

405443

Aprueban MORDAZA "Procedimiento para ejecutar la Garantia de Fiel Cumplimiento del Contrato de Generacion de Electricidad con Recursos Renovables Energeticos"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 201-2009-OS/CD MORDAZA, 29 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1002 (en adelante "DL 1002"), Decreto Legislativo de Promocion de la Inversion para la Generacion de Electricidad con el Uso de Energias Renovables, publicado el 02 de MORDAZA de 2008, se declaro de interes nacional y necesidad publica el desarrollo de generacion electrica mediante el uso de Recursos Energeticos Renovables (en adelante RER) y se establecio diversas disposiciones con la finalidad de promover la inversion para la generacion de electricidad a traves del uso de energias renovables; Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2008EM, publicado el 02 de octubre de 2008, se aprobo el Reglamento de Generacion de Electricidad con Energias Renovables (en adelante "Reglamento RER"), que establece disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion del DL 1002; Que, el numeral 8.4 del Articulo 8º del Reglamento RER, referido a las Bases de subasta para generacion de electricidad con RER, senala que OSINERGMIN debe establecer un procedimiento para ejecutar la Garantia de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesion de Generacion de Electricidad con RER, en la eventualidad de que un Concesionario se retrase en la entrada de operacion comercial de su central con generacion de electricidad con RER; Que, en tal sentido, conforme con lo dispuesto por el Reglamento RER, OSINERGMIN elaboro el Proyecto de MORDAZA "Procedimiento para ejecutar la Garantia de Fiel Cumplimiento del Contrato de Generacion de Electricidad con Recursos Renovables Energeticos", el cual, en cumplimiento del Articulo 25º del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, debe ser publicado en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 161-2009-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 16 de setiembre de 2009, y en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 28832, OSINERGMIN dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba la MORDAZA "Procedimiento para ejecutar la Garantia de Fiel Cumplimiento del Contrato de Generacion de Electricidad con Recursos Renovables Energeticos", contribuyendo de ese modo a garantizar la transparencia, cognoscibilidad y predictibilidad de las acciones que el organismo regulador adopte en el cumplimiento del encargo asignado; Que, la Resolucion OSINERGMIN Nº 161-2009-OS/ CD, la cual se sustenta con el Informe Nº 397-2009OS/CD, otorgo un plazo de quince (15) dias calendario, contados desde la fecha de su publicacion, a fin de que los interesados remitan a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria sus comentarios y sugerencias al proyecto de MORDAZA prepublicada; Que, dentro del plazo indicado en el parrafo precedente, no se ha recibido ningun comentario o sugerencia respecto del proyecto de MORDAZA publicado, por lo que corresponde someterlo al Consejo Directivo para su aprobacion definitiva; Que, se ha emitido el Informe Nº 0450-2009GART, de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN y el citado Informe Nº 0397-2009-GART, de la Division de

Generacion y Transmision de la Gerencia Ajunta de Regulacion Tarifaria, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA "Procedimiento para ejecutar la Garantia de Fiel Cumplimiento del Contrato de Generacion de Electricidad con Recursos Renovables Energeticos", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion y la MORDAZA deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano y consignadas en la pagina Web de OSINERGMIN: www. osinerg.gob.pe. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el 02 de noviembre de 2009. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN EXPOSICION DE MOTIVOS Mediante Decreto Legislativo Nº 1002, Decreto Legislativo de Promocion de la Inversion para la Generacion de Electricidad con el Uso de Energias Renovables, publicado el 02 de MORDAZA de 2008, se establecieron diversas disposiciones con la finalidad de promover la inversion para la generacion de electricidad a traves del uso de energias renovables y, entre otras, se declaro de interes nacional y necesidad publica el desarrollo de la nueva generacion electrica mediante el uso de Recursos Energeticos Renovables (RER). Posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 0502008-EM, publicado el 02 de octubre de 2008, se aprobo el Reglamento de la Generacion de Electricidad con Energias Renovables (en adelante, "Reglamento RER"), que establece disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1002. Al respecto, el numeral 8.4 del Articulo 8º del Reglamento RER, referido a las Bases de subasta para generacion de electricidad con RER, senala que OSINERGMIN debe establecer un procedimiento para ejecutar la Garantia de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesion de Generacion de Electricidad con RER en la eventualidad de que un Concesionario se retrase en la entrada de operacion comercial de su central de generacion de electricidad con RER. La Garantia de Fiel Cumplimiento es un mecanismo juridico de respaldo destinado a proteger, resarcir o asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista como consecuencia de la suscripcion del contrato con el Estado. Conceptualmente y de conformidad con lo establecido en el numeral 8.4 del Reglamento RER, tiene por finalidad el desincentivar y limitar el incumplimiento de las obligaciones del Concesionario especificamente relacionadas con el retraso en la entrada de operacion comercial de su central de generacion de electricidad con RER, asi como compensar a la Concedente por las consecuencias del incumplimiento a traves de una cobertura dineraria. Al respecto, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 161-2009-OS/CD, publicada el 16 de setiembre de 2009,

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