Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2009 (02/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

405461

Que mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C., solicita autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de mayor escala MORDAZA multiproposito (cerco/arrastre de media agua), de MORDAZA MORDAZA, con una capacidad de bodega de 350 m3, con sistema de preservacion a bordo MORDAZA R.S.W., para la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo; Que de la evaluacion del expediente presentada por la solicitante, de los considerandos precedentes y de la opinion tecnica sobre limite de capacidad de bodega por embarcacion y potencial de biomasa de los recursos jurel y caballa, emitida por el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE a traves de los Oficios Nros. DE-100-024-2008-PRODUCE-IMP y DE-100053-2009-PRODUCE-IMP, las autorizaciones de incremento de flota otorgadas segun orden de prelacion de expedientes en tramite se ha determinado que se ha cubierto la capacidad de bodega total autorizada por el IMARPE para el otorgamiento de acceso de los recursos jurel y caballa mediante embarcaciones de MORDAZA de arrastre de media agua y de MORDAZA multiproposito (cerco/arrastre de media agua) a traves de la emision de la Resolucion Directoral N° 294-2009-PRODUCE/ DGEPP, por lo que corresponde declarar improcedente la solicitud de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de mayor escala MORDAZA multiproposito (cerco/arrastre de media agua), con una capacidad de bodega 350 m3 , para dedicarse a la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, presentada por PESQUERA NIROCI S.A.C.; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 451-2009PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas complementarias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C. relacionada a la autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera multiproposito (cerco/arrastre de media agua), con una capacidad de bodega 350 m3, con sistema de preservacion a bordo MORDAZA R.S.W., empleando como arte y/o aparejo de pesca las redes de cerco y arrastre de media agua, para la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 416426-8

Visto el escrito de Registro N° 00068007 de fechas 28 de agosto y 28 de setiembre de 2009, presentado por PESQUERA CENTINELA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N°613-97-PE de fecha 20 de octubre del 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., para operar la E/P MORDAZA MORDAZA II de matricula CO-14845-PM, de 489.43 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservacion a bordo R.S.W., en la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras, para destinarlos al consumo humano directo e indirecto; Que, mediante Resolucion Directoral N°037-2001-PE/ DNEPP de fecha 24 de MORDAZA de 2001, se aprobo el cambio de titularidad del permiso de pesca, entre otras de la E/P MORDAZA MORDAZA II de matricula CE-14845-PM a favor de PESQUERA ALPESCA S.A.; Que, mediante Resolucion Directoral N°064-2002PE/DNEPP de fecha 01 de marzo de 2002, se modifican la Resolucion Ministerial N°613-97-PE y Resolucion Directoral N°037-2001- PE/DNEPP en lo que respecta a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA II, correspondiendole una capacidad de bodega de 429.97 m3, manteniendose los demas terminos y condiciones establecidas en las citadas resoluciones. Asi mismo se aprueba el cambio de titularidad del permiso de pesca otorgado por la Resolucion Ministerial Nº61397-PE y la Resolucion Directoral N°037-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA MORDAZA II de matricula CO-14845-PM, de 429.97 m3 de capacidad de bodega, a favor de PESQUERA MORDAZA S.A., en los terminos y condiciones en que fue otorgado. De otro lado, amplia el permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA II de matricula CO-14845-PM y 429.97 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, en adicion a los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto; Que, mediante Resolucion Ministerial N°084-2007PRODUCE de fecha 28 de marzo de 2007, se publican los listados de las embarcaciones pesqueras de mayor escala autorizadas a realizar actividades extractivas, con permisos de pesca cancelados, caducados o declarados nulos y otros, en cuyo Anexo I literal B) se encuentra la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA II de matricula CE-14845-PM de 429.97 m3 de capacidad de bodega con permiso de pesca para anchoveta, sardina, jurel y caballa; Asi mismo, en Anexo II de la Resolucion Ministerial N°086-2007-PRODUCE, relacionada a las embarcaciones consideradas por el Ministerio de la Produccion para la sustitucion de capacidad de bodega a que se refiere el articulo 24° de la Ley General de Pesca y los articulos 12° y 18° de su Reglamento de fecha 28 de marzo del 2007, se encuentra la citada embarcacion; Que, en el MORDAZA Institucional se consigna a la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA II de matricula CE14845-PM; con permiso de pesca vigente para anchoveta, sardina, jurel y caballa, vigente para consumo humano directo e indirecto; Que, mediante el escrito bajo Registro de N°000680072009 de fecha 28 de agosto de 2009, PESQUERA CENTINELA S.A.C. representada por su Apoderado Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA II de matricula CE-14845-PM, de acuerdo al Procedimiento N°7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N°012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo N°015-2007PRODUCE, el mismo que senala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos

Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de Pesquera Centinela S.A.C. y de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 812-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de octubre de 2009

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