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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (02/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de noviembre de 2009 405464 Que, mediante Resolución Directoral Nº 259-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 13 de abril del 2009, se caducó el permiso de pesca otorgado a los señores GERMAN OROSCO CASTRO, FELIPA CASTRO DE OROSCO y JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO para operar la embarcación pesquera de madera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM, otorgado mediante Resolución Directoral Nº 262-2004-PRODUCE/ DNEPP de fecha 29 de septiembre del 2004, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; Que a la fecha, la embarcación pesquera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM de 105.03 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca vigente del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007- PRODUCE; Que, mediante el escrito del visto, el señor JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO, solicitó cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM, cumpliendo con presentar los requisitos previstos en el procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, de acuerdo a la documentación presentada por el señor JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO, el Certifi cado Compendioso de Dominio y el Certifi cado de Matrícula de la embarcación pesquera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM, el administrado acredita la propiedad sobre la referida embarcación; Que, de la evaluación efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM presentado por el señor JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1141-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor del señor JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO, el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM, con una capacidad de bodega de 105.03 m3; solo en la extracción de anchoveta y sardina; en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 259-2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 2°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolución está supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente; así como, al resultado del proceso judicial de conformidad con lo establecido en el Artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 3°.- El permiso de pesca a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservación a bordo RSW ó CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM otorgado a los señores GERMAN OROSCO CASTRO, FELIPA CASTRO DE OROSCO y JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO consignado en la Resolución Directoral Nº 262-2004-PRODUCE/DNEPP. Artículo 5°.- Incorporar al señor JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “JIMY ROBERT” con matrícula PL-21732-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE excluyendo a los señores GERMAN OROSCO CASTRO, FELIPA CASTRO DE OROSCO y JOSE ROSARIO OROSCO CASTRO consignado en dicho anexo. Artículo 6°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 416426-14 Caducan autorización de incremento de capacidad otorgada a Consorcio Industrial El Pacífico S.A.C. y modifican resolución en lo referente a capacidad instalada para operar planta de congelado de recursos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 815-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 16 de octubre de 2009 Visto: El escrito con Registro Nº 00063666-2009 del 12 de agosto de 2009, presentado por la empresa CONSORCIO INDUSTRIAL EL PACIFICO S.A.C. CONSIDERANDO: Que, los artículos 43º incisos b) y d), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca – establecen que para la autorización de instalación de establecimientos industriales y para la operación de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requieren de la autorización y licencia correspondientes, las que constituyen derechos que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que, las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación o aumento de capacidad de operación del establecimiento industrial y de licencia para la operación de cada planta de procesamiento; Que, el numeral 52.2 del artículo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, numeral modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007- PRODUCE, establece que, el trámite para la obtención de la autorización de instalación de un establecimiento industrial pesquero es independiente del otorgamiento de la licencia de operación correspondiente. Sin embargo, dicha licencia debe solicitarse dentro de un