Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2009 (02/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

405467

expedido por la Capitania de Puerto de Paita de fecha 18 de agosto del 2009 y el Certificado Nacional de Arqueo Nº DI-08011946-06-001 del 30 de MORDAZA del 2009, se desprende que la nueva embarcacion pesquera VIRGEN DEL MORDAZA de matricula PT-30382-PM, ha sido construida con caracteristicas tecnicas principales y volumen de bodega de 108.55 m3 concordante con la capacidad de bodega de la embarcacion sustituida; la misma que segun la inspeccion tecnica de verificacion de caracteristicas y operatividad de embarcacion, se encuentra en condicion de operativa y equipada para desarrollar actividades pesqueras, conforme consta en el Acta e Informe de Inspeccion Nº 029-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fechas 5 y 7 de septiembre del 2009; Que, de otro lado, si bien es MORDAZA que la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 141-2008-PRODUCE/DGEPP modificado por Resolucion Directoral Nº 217-2008-PRODUCE/ DGEPP, se expidio con acceso para las pesquerias de anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y sardina para consumo humano directo; actualmente, los administrados han formulado la renuncia al permiso de pesca con acceso a los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo que le corresponderia a la nueva embarcacion VIRGEN DEL MORDAZA de matricula PT-30382-PM; por tanto siendo que este acto no afecta el interes publico, procederia aceptar dicha renuncia; Que, en tal sentido, segun la documentacion presentada, se determina que los administrados, han presentado los requisitos procedimentales sobre permiso de pesca, establecidos en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas modificatorias; por lo que corresponderia otorgar permiso de pesca para operar la nueva embarcacion VIRGEN DEL MORDAZA de matricula PT-30382-PM, unicamente en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano indirecto; Que, respecto a las embarcaciones sustituidas VIRGEN DEL MORDAZA de matricula PT-359-BM y VIRGEN DEL MORDAZA 4 de matricula PT-13731-CM, estas ya han sido objeto de desguace, tal como consta en las Constancias de Desguace de fecha 21 de agosto del 2009, expedida por la Capitania de Puerto Paita; por lo que corresponderia proceder a la cancelacion de los permisos de pesca de las mencionadas embarcaciones sustituidas; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 1012-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, demas normas complementarias y el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y demas normas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ECA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al derecho administrativo con acceso en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo reconocidos en la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 141-2008PRODUCE/DGEPP modificado por Resolucion Directoral Nº 217-2008-PRODUCE/DGEPP. Articulo 2º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 26920, otorgar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ECA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca para operar la nueva embarcacion pesquera de MORDAZA denominada

VIRGEN DEL MORDAZA de matricula PT-30382-PM y 108.55 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las (5) millas de la costa. Articulo 3º.- El permiso de pesca otorgado en el articulo 2º de la presente Resolucion, queda sujeto a lo dispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002PRODUCE, Nº 005-2002-PRODUCE y Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE; normas de sanidad, normas de proteccion del medio ambiente, asi como demas normas complementarias del ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 4º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado en el articulo 2º de la presente Resolucion, esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT a bordo de la referida embarcacion y al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador con la respectiva MORDAZA, el mismo que sera abonado por el armador pesquero conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 5º.- Incluir el permiso de pesca otorgado a traves de la presente Resolucion, para operar la nueva embarcacion pesquera VIRGEN DEL MORDAZA de matricula PT-30382-PM en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera sustituida VIRGEN DEL MORDAZA de matricula PT-3459-BM y VIRGEN DEL MORDAZA 4 de matricula PT-13731-CM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 071-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR y Resolucion Directoral Nº 056-98-CTAR-PIURA-DIREPEDR, respectivamente, MORDAZA modificadas en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 141-2008-PRODUCE/ DGEPP; y excluir las referidas embarcaciones del listado de embarcaciones pesqueras publicado por Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 416426-12 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 817-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de octubre de 2009 Visto los escritos con registro de ingreso Nº 00071596 de fechas 10 de septiembre y 16 de octubre del 2009, presentados por los senores MORDAZA DE LA MORDAZA PAIVA URCIA y MORDAZA MORDAZA PALACIOS. CONSIDERANDO: Que conforme a los articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras y a nivel nacional;

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