Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2009 (02/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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plazo improrrogable de seis (6) meses contado a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorizacion o de la fecha de vencimiento de su renovacion, en caso de haber solicitado la misma. Vencido el plazo inicial o la renovacion, si esta hubiese sido otorgada, la autorizacion de instalacion caduca de pleno derecho en caso de no haberse verificado la instalacion total del establecimiento industrial pesquero, para cuyo efecto mediante Resolucion Directoral correspondiente, se procede a declarar la caducidad de la autorizacion de instalacion otorgada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 096-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2003, se aprobo el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L., mediante Resolucion Directoral Nº 123-99-PE/ DNPP, a favor de la empresa CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A., para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de su planta de congelado con una capacidad instalada de 4 t/dia, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. "A", Lote 3 del distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna; Que, habiendose verificado el vencimiento del plazo otorgado por la Resolucion Directoral Nº 367-2007PRODUCE/DGEPP, sin haberse acreditado el aumento de capacidad de operacion del citado establecimiento industrial pesquero, la citada autorizacion de incremento de capacidad habria caducado de pleno derecho, por lo que, mediante Resolucion Directoral Nº 517-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de MORDAZA de 2009, se resolvio otorgar a favor de la empresa CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C., una nueva autorizacion para incrementar la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA Industrial Mz A, Lote 3, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, con capacidad proyectada de 4 a 43 t/dia; Que, atendiendo a lo indicado en el numeral 52.2 del articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, numeral modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, via regularizacion, consideramos pertinente declarar mediante Resolucion Directoral , la caducidad de la autorizacion de incremento de capacidad otorgada por Resolucion Directoral Nº 3672007-PRODUCE/DGEPP; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 517-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de MORDAZA de 2009, se otorgo a la empresa CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C. autorizacion para incrementar la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos de 4 t/dia a 43 t/dia, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. A, Lote 3, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna; Que, con el escrito del visto, la administrada solicita licencia de operacion por incremento de la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial citado en el considerando anterior; Que, con fecha 10 de setiembre de 2009, se ha efectuado la inspeccion tecnica al establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. A, Lote 3, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, constatandose que, la empresa solicitante ha concluido con implementar nuevos equipos de congelados (tuneles de congelacion) y de almacenamiento de productos congelados, los cuales se encuentran en condiciones operativas, determinandose una capacidad de 43 t/dia y 322 t de capacidad de almacenamiento; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria mediante MORDAZA de Verificacion Nº 0332008-PRODUCE/DIGAAP, del 18 de diciembre de 2008, senala que CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en su Estudio de Impacto Ambiental por ampliacion de la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, asimismo indica que la citada empresa durante el desarrollo de su actividad esta obligada a cumplir con los compromisos establecidos en su Estudio de Impacto Ambiental, normatividad ambiental vigente y las que se emitan en

aplicacion a la Ley General de Ambiente (Ley Nº 28611) y del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion por Incremento de Capacidad de Planta Nº PTLI-00109-CG-SANIPES, del 22 de MORDAZA de 2009, declara que la planta de la precitada empresa al momento de la auditoria/inspeccion se encontro en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, asimismo senala que, la empresa CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C. durante la operacion de la planta, debera aplicar los programas de higiene y saneamiento y de buenas practicas de manufactura y plan de aseguramiento de calidad basado en el analisis de peligros y el control de puntos criticos (PLAN HACCP), asi como llevar los registros correspondientes; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante su Informe Nº 5072009-PRODUCE/DGEPP-Dch, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 28, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE; y con la opinion favorable de la Instancia Legal, corresponde modificar la Resolucion Directoral Nº 123-99-PE/ DNPP de fecha 28 de setiembre de 1999, modificado en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 096-2003-PRODUCE/ DNEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2003, y a su vez modificada en su denominacion por Resolucion Directoral Nº 3672007-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de agosto de 2007, que otorgo licencia de operacion a favor de CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C., para operar una planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA Industrial Mz A, Lote 3, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, en el extremo referido a su capacidad instalada, entendiendose que la nueva capacidad instalada es de 43 t/dia; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 49º, 53º numeral 53.1 y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y del Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º- Caducar la autorizacion de incremento de capacidad otorgada por Resolucion Directoral Nº 367-2007PRODUCE/DGEPP a favor de CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C. Articulo 2º- Modificar la Resolucion Directoral Nº 12399-PE/DNPP de fecha 28 de setiembre de 1999, modificada en su titularidad mediante Resolucion Directoral Nº 0962003-PRODUCE/DNEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2003, y a su vez modificada en su denominacion por Resolucion Directoral Nº 367-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de agosto de 2007, que otorgo licencia de operacion a favor de CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C. para operar una planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. A, Lote 3, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, en el extremo referido a su capacidad instalada, entendiendose que la nueva capacidad es: Congelado: 43 t/dia. Articulo 3º- CONSORCIO INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.C., debera operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto

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