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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de noviembre de 2009 405545 Nº Gobierno Nacional / Gobiernos Regionales Representantes Ofi cio 20 Gobierno Regional de Pasco • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Ofi cio Nº 923-2009- MTPE/3 21 Gobierno Regional de Piura • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Ofi cio Nº 923-2009- MTPE/3 22 Gobierno Regional de Puno • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Ofi cio Nº 923-2009- MTPE/3 23 Gobierno Regional de San Martín • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Ofi cio Nº 923-2009- MTPE/3 24 Gobierno Regional de Tacna • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Ofi cio Nº 923-2009- MTPE/3 25 Gobierno Regional de Tumbes • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Ofi cio Nº 923-2009- MTPE/3 26 Gobierno Regional de Ucayali • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Ofi cio Nº 923-2009- MTPE/3 417945-2 AGRICULTURA Oficializan la “LI Convención Nacional de Entomología”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0759-2009-AG Lima, 2 de noviembre de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 2895-2009-AG-DGCA/DPC, de fecha 15 de octubre de 2009, del Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Agricultura, promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales o jurídicas, vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local; así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agrario; Que, mediante Carta S/N del 20 de setiembre de 2009, el Presidente de la Sociedad Entomológica del Perú, solicita la ofi cialización de la “LI Convención Nacional de Entomología”, a realizarse del 09 al 12 de noviembre del año en curso, en el Auditorio de la Universidad Nacional Agraria La Molina, de la ciudad de Lima; Que, el mencionado evento, tiene por objetivo reunir a profesionales, alumnos de universidades nacionales y privadas, representantes de instituciones nacionales e internacionales con la fi nalidad de presentar y difundir los resultados de los trabajos de investigación científi ca en el área de Entomología e intercambiar experiencias en el Manejo Integrado de Plagas; Que, mediante el documento del Visto, la Dirección General de Competitividad Agraria, adjunta el Informe Nº 005-2009-AG-DGCA-DPC, el cual recomienda la ofi cialización de dicho evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley Orgánica y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, y la Resolución Ministerial Nº 0650-2006- AG - Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar la “LI Convención Nacional de Entomología”, organizada por la Sociedad Entomológica del Perú, a realizarse del 09 al 12 de noviembre del año en curso, en el Auditorio de la Universidad Nacional Agraria La Molina, de la ciudad de Lima. Artículo 2º.- La Comisión Organizadora de la convención a que se refi ere el artículo precedente, presentará ante el Ministerio de Agricultura, un informe detallado de los resultados de su gestión, dentro de treinta (30) días calendario de fi nalizado el evento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 417948-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Crean las premiaciones “Excelencia en exportación”, “Excelencia en turismo” y “Excelencia en artesanía” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2009-MINCETUR-DM Lima, 2 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es el organismo responsable en materia de promoción de las exportaciones y del turismo, incluyendo la artesanía; Que, uno de los objetivos del MINCETUR, es obtener las mejores condiciones de acceso y competencia para una adecuada inserción del país en los mercados internacionales, así como promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y desarrollo social del país, propiciando las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa privada y la generación de empleo; Que, la participación del sector privado cumple un papel primordial en el logro de los objetivos del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, es política institucional otorgar especial reconocimiento a las personas naturales o jurídicas que desde los distintos ámbitos en que se desempeñan, coadyuvan al cumplimiento de los objetivos y fi nes del Sector, de manera destacada y signifi cativa; Que, conforme al artículo 59° de la Constitución Política del Perú, el Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria; En aplicación de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27790 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Con la opinión favorable de los Viceministros de Comercio Exterior y de Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo- MINCETUR, reconocerá el aporte del sector privado en el cumplimiento de los objetivos y fi nes del Sector, pudiendo premiar trimestralmente a los agentes vinculados a la exportación, al turismo y la artesanía, que se hayan distinguido por sus aportes signifi cativos y meritorios. Artículo 2°.- Créase a los efectos señalados en el Artículo 1°, las siguientes premiaciones: “EXCELENCIA EN EXPORTACIÓN” “EXCELENCIA EN TURISMO” “EXCELENCIA EN ARTESANÍA” Artículo 3°.- El Viceministro de Comercio Exterior y el Viceministro de Turismo serán los responsables de presentar al Despacho Ministerial las propuestas para el otorgamiento de los Premios creados mediante el artículo 2°, las que se formularán teniendo en cuenta principalmente los siguientes criterios de selección: - Honorabilidad de los candidatos, - Reconocimiento de la comunidad local,