Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2009 (04/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de noviembre de 2009

8.4.11. Cada gobierno regional, mediante Resolucion Ejecutiva Regional, aprueba la desagregacion presupuestal de la transferencia de Partidas y la Resolucion de Alcaldia de incorporacion de los recursos de la transferencia de Partidas, en los plazos que establezca la normatividad correspondiente. 8.4.12. La transferencia de acervo documentario se MORDAZA en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario desde la transferencia de recursos presupuestales con la suscripcion de la respectiva acta sustentatoria. 8.4.13. La transferencia de saldos contables, activo y patrimonio, se MORDAZA en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario desde la transferencia de recursos presupuestales con la suscripcion de la respectiva acta sustentatoria. 8.4.14. La Secretaria de Descentralizacion revisara la consistencia de las actas de entrega y recepcion a fin de que los recursos materia de la transferencia esten debidamente asociados a las responsabilidades que asumiran los gobiernos locales a partir de la ejecucion administrativa y presupuestal de estos. Para dicho cometido las entidades involucradas en el MORDAZA de transferencia (Gobierno Nacional, gobierno regional y gobierno local) podran requerir la asistencia tecnica de la Secretaria de Descentralizacion. 8.4.15. En el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 0442009: a) Para el caso de las municipalidades que a la fecha ya han recibido la transferencia presupuestal: La suscripcion de actas sustentatorias de recursos presupuestales y de personal, se MORDAZA en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario contados desde la publicacion de la resolucion que aprueba la presente Directiva, y las actas de entrega y recepcion e informe final se suscriben y entregan en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario contados desde la publicacion de la resolucion que aprueba la presente Directiva. b) Para el caso de las municipalidades que a la fecha aun no han recibido la transferencia presupuestal: El Ministerio de Educacion solicitara al Ministerio de Economia y Finanzas la transferencia de partidas presupuestales para los gobiernos locales acreditados en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario a partir de la fecha de acreditacion. La suscripcion de actas sustentatorias de recursos presupuestales y de personal, se MORDAZA en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario desde la transferencia presupuestal, y las actas de entrega y recepcion e informe final se suscriben y entregan en un plazo no mayor de noventa dias (90) calendario desde la transferencia presupuestal. c) Posteriormente a la suscripcion de las actas de entrega y recepcion y respectivas actas sustentatorias, se emite la Resolucion Ministerial o Ejecutiva Regional, segun corresponda, que declara la culminacion del MORDAZA de transferencia a la municipalidad, publicandose en el Diario Oficial El Peruano. 8.4.16. Luego de la transferencia de los recursos presupuestales asociados a la transferencia de competencias y funciones en mencion, todos los actos administrativos y juridicos de ejecucion presupuestal, contable financiera, personal y MORDAZA de compras y contrataciones respecto a las Instituciones Educativas comprendidas en el Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa, son de responsabilidad de la administracion municipal. 8.4.17. Con la transferencia, la municipalidad asume las competencias y funciones de la gestion educativa en su jurisdiccion, por lo que las dependencias especializadas del Ministerio de Educacion implementaran el respectivo software sobre el Sistema Unico de Planillas (SUP), NEXUS, MORDAZA y otros que corresponda, a cada municipalidad acreditada y con transferencia presupuestal. 8.4.18. La gestion educativa municipal se desarrolla a traves del Consejo Educativo Municipal y de la Secretaria Tecnica del mismo, la cual esta encargada de coordinar la ejecucion de las acciones inherentes a los sub sistemas administrativos que correspondan, para garantizar una gestion eficiente que coadyuve al logro de las metas y objetivos aprobados por dicho Consejo. 8.5. Convenios de Gestion El Ministerio de Educacion, en coordinacion con la Secretaria de Descentralizacion, propondra los indicadores de gestion del MORDAZA de transferencia, los cuales formaran parte de los Convenios de Gestion.

El Ministerio de Educacion y el gobierno regional, sobre la base de los convenios de gestion suscritos, incorporaran aspectos relacionados con los gobiernos locales del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa con el proposito de optimizar la gestion educativa local, en el MORDAZA de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales. De igual manera ejecutaran programas de capacitacion y asistencia tecnica dirigida al personal de los gobiernos locales con el fin de asegurar la continuidad y calidad del servicio educativo transferido. El gobierno regional y el gobierno local suscribiran convenios de gestion en el MORDAZA del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa con el proposito de optimizar la gestion educativa local, en el MORDAZA de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales. De igual manera ejecutaran programas de capacitacion y asistencia tecnica dirigida al personal de los gobiernos locales con el fin de asegurar la continuidad y calidad del servicio educativo transferido. La transferencia de responsabilidades es un mecanismo para que el Estado, trasladando poder y responsabilidades desde el Gobierno Nacional o de los gobiernos regionales a los gobiernos locales, pueda desempenarse mejor y brindar mejores servicios; esto incluye: 1. Acompanar con asistencia tecnica a los gobiernos locales para el ejercicio de las competencias transferidas. 2. Brindar orientaciones y asesoria a los gobiernos locales respecto del ejercicio de las competencias transferidas. 3. Monitorear los resultados de los gobiernos locales en el ejercicio de las competencias transferidas, en base a indicadores de gestion. 9. Disposiciones complementarias 9.1. Coordinacion nacional, regional y municipal La Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Oficina de Transferencia, Monitoreo y Evaluacion de Competencias, establecera las estrategias, mecanismos, herramientas e instrumentos para apoyar, facilitar y viabilizar la relacion entre el Ministerio de Educacion, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que contribuya con la transferencia de competencias y funciones en materia de gestion educativa y el cumplimiento de las diferentes etapas del proceso. 9.2. Redimensionamiento organizacional y administrativo Los Titulares de las entidades del Gobierno Nacional o del gobierno regional que transfieran competencias y funciones en materia de gestion educativa, conforme a Ley, estan obligados a efectuar el redimensionamiento organizacional y administrativo de sus respectivas instituciones, el cual comprende entre otros, la adecuacion de los instrumentos institucionales y de gestion y la correspondiente reduccion de los presupuestos de operacion y funcionamiento, a efecto de ser transferidos a los gobiernos locales receptores, en observancia al MORDAZA de neutralidad fiscal. Estos ajustes deberan ser comunicados a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. 9.3. Desarrollo de la Gestion Descentralizada El Ministerio de Educacion, en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, constituira la respectiva Comision Intergubernamental, con la participacion de representantes de los gobiernos regionales y locales, segun corresponda, o en su defecto, por representantes de instancias representativas de gobiernos regionales y/o locales, en consideracion a las necesidades de atencion de los componentes de Desarrollo de la Gestion Descentralizada en materia de gestion educativa, y las necesidades para la culminacion del MORDAZA de municipalizacion de la gestion educativa. Esta Comision Intergubernamental deberan producir por lo menos los siguientes entregables: situacion del ejercicio compartido (funciones transferidas), esquema de gestion descentralizada, identificacion de servicios educativos y costos asociados a los mismos. Estos entregables no constituyen requisito para las transferencias. La referida Comision Intergubernamental podra contar con Grupos de Trabajo tematicos, territoriales u otros, segun

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