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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de noviembre de 2009 405559 VISTO: El Informe N° 587-2009-EF/94.06.1 del 23 de octubre de 2009, presentado por la Dirección de Mercados Secundarios, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 145º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Supremo Nº 093-2002-EF (LMV), el monto de las retribuciones que perciban las bolsas que sean sociedades anónimas, por la ejecución de las funciones previstas en el artículo 132º de la LMV, es propuesto por las bolsas y debe ser previamente aprobado por CONASEV antes de su aplicación. Para tal efecto, se tendrán en cuenta los principios de equilibrio fi nanciero y equidad entre los usuarios; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 041- 2007-EF/94.11, se aprobaron las tarifas máximas de la Bolsa de Valores de Lima S.A. (BVL); Que, la BVL mediante cartas de fechas 5 y 22 de octubre de 2009, solicita la aprobación de la propuesta de las nuevas tarifas referidas al servicio de inscripción y mantenimiento de valores a solicitud de Agente Promotor, sustentando la inclusión de las tarifas señaladas y adjuntando la certifi cación de la aprobación de las tarifas propuestas por parte del Directorio de la BVL; Que, la BVL ha cumplido con los procedimientos establecidos para la presentación de su solicitud y asimismo de la evaluación del sustento que acompaña a la misma se deriva que su propuesta cumple con los requerimientos de CONASEV y con las normas contempladas en la LMV para la aprobación de las tarifas de la referida institución, y; Estando a lo dispuesto por el artículo 2º inciso a) y el artículo 11º inciso b) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus modifi caciones, y estando a lo acordado por el Directorio de CONASEV en sesión del 26 de octubre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación a la Resolución Gerencia General N° 041-2007-EF/94.11, incorporando el ítem 8 referido a valores inscritos a solicitud del Agente Promotor el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: 8. TARIFA PARA LA INSCRIPCION Y MANTENIMIENTO DE VALORES A TRAVÉS DE UN AGENTE PROMOTOR Concepto Descripción Objeto del Cobro: Pago que se aplica sobre la inscripción del valor a solicitud del Agente Promotor y por el mantenimiento del valor. Los cobros se efectúan desde que es aprobada la solicitud del valor, clase, serie o emisión, sean instrumentos de deuda, renta variable o índices. Valores a los que aplica: ADR, ADS, ETF y otros valores listados en otras Bolsas reguladas por miembros del Comité Técnico de IOSCO. Sujeto de Cobro: Agente Promotor Periodicidad: Único pago por la inscripción y pago mensual por el mantenimiento Tarifas: 1. Inscripción de valores a solicitud del Promotor: 10 UIT 2. Mantenimiento: 2 UIT mensuales (*) (*) La BVL aplicará a favor del pago mensual, el monto total recaudado por concepto de negociación de este valor, con un máximo de 2 UIT. Artículo 2º.- Los montos que se mencionan en artículo 1° se consideran máximos a ser cobrados por la Bolsa de Valores de Lima S.A. a los sujetos obligados al pago. En el caso que la Bolsa de Valores de Lima S.A. decida implementar una nueva política de descuentos, deberá comunicarla previamente a CONASEV. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal de CONASEV. Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL HIRSH CARRILLO Presidente 416290-1 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Designan Jefe de la Unidad de Desarrollo de la OCMA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL JEFATURA SUPREMA RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 163-2009-J-OCMA/PJ Lima, 29 de octubre de 2009 VISTA; La Carta de fecha 25 de agosto de 2009, remitida a esta Jefatura Suprema de Control por el doctor Ernesto Lechuga Pino, en la cual renuncia al cargo de Jefe de la Unidad de Desarrollo de la OCMA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el segundo párrafo del artículo 66 del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (ROF–OCMA), aprobado mediante Resolución Nº 129-2009-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y publicado en el diario ofi cial “El Peruano”, el 01 de mayo de 2009, la Unidad de Desarrollo de esta Ofi cina Suprema de Control, está a cargo de un Jefe, con nivel remunerativo de Coordinador, designado mediante resolución por el Jefe de la OCMA; Que, estando a las consideraciones expuestas en la carta del Visto remitida por el doctor Ernesto Lechuga Pino, es atendible aceptar la renuncia al cargo de Jefe de la Unidad de Desarrollo, reconociendo el aporte y trabajo realizado durante su permanencia en esta Ofi cina Suprema de Control, habiendo cumplido múltiples tareas en el ámbito organizacional, de dirección, ejecución y supervisión de las actividades relacionadas con los procesos técnicos de personal, abastecimiento, tesorería, racionalización, planifi cación, estadística e informática; Que, dentro del desempeño de sus labores al servicio de la OCMA, el mencionado funcionario, realizó importantes actividades tales como la modernización del Sistema de Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas de la OCMA, desarrollo del “Sistema Informático de Investigación y Control Judicial”, así como la modernización y automatización de la página Web institucional. Igualmente, tuvo a su cargo, la responsabilidad de planifi car, estructurar y ejecutar, las actividades del Programa Umbral-Anticorrupción, importante línea de cooperación internacional, no reembolsable, del Gobierno de los Estados Unidos de América para el fortalecimiento de la lucha contra la corrupción en el ámbito de la administración de justicia, mostrando en todo momento efi ciencia, responsabilidad y proactividad, labor que merece ser reconocida; Que, igualmente, ha contribuido en adición a sus funciones en otras tareas encomendadas como la elaboración de los proyectos del “Nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA”, el “Plan Maestro de Lucha integral contra la Corrupción”, “Diálogos de la OCMA con la comunidad para competir contra la corrupción”, organización de eventos institucionales académicos en la Sede Central y Sedes Desconcentradas del Sistema de Control Judicial a nivel nacional; Que, a fi n de seguir con el normal desempeño de las funciones encomendadas al Jefe de la Unidad de Desarrollo de la OCMA, se ha visto por conveniente y por necesidad del servicio encargar estas labores al señor Mario Edmundo