Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2009 (04/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, por Resolucion Suprema Nº 100-2008-EF publicada el 21 de diciembre de 2008, se ratifico el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su Sesion de fecha 12 de agosto de 2008, por el que se excluyo a ETECEN S.A. del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada, bajo el ambito del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Oficio Nº 1835-2009/DE-FONAFE el Director Ejecutivo del FONAFE remite al Ministerio de Economia y Finanzas el proyecto de Decreto Supremo por el que se autoriza la disolucion y liquidacion de la empresa ETECEN S.A.; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 34º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, y sus modificatorias, salvo en los casos de empresas sujetas al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada, las disoluciones y liquidaciones de las empresas de derecho privado de propiedad del Estado que dispone el Directorio del FONAFE, se autorizan por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, conforme a lo senalado en el articulo 35º del citado Reglamento, la transformacion, fusion, escision y cualquier otra forma de reorganizacion societaria, asi como la disolucion y liquidacion de las empresas se perfecciona por acuerdo de la Junta General de Accionistas y que, asimismo, debe respetarse lo normado por la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, para la disolucion y liquidacion de las sociedades anonimas; Que, la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 003-2005/018-FONAFE, establece en su Capitulo 6, una serie de regulaciones aplicables al MORDAZA de disolucion y liquidacion de las empresas del Estado, que resultan de aplicacion en el presente caso; En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Disolucion y liquidacion de ETECEN S.A. Autorizase la disolucion y liquidacion de la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. ­ ETECEN S.A. Articulo 2º.- Perfeccionamiento de la medida La disolucion y liquidacion de la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. ­ ETECEN S.A. debera ser perfeccionada mediante acuerdo de la Junta General de Accionistas de la referida empresa. Articulo 3º.- Normas aplicables El procedimiento de disolucion y liquidacion se regira por lo dispuesto en las Directivas del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y en la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades. Articulo 4º.- Designacion del o los liquidadores La designacion del liquidador o de los liquidadores de la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. ­ ETECEN S.A. estara a cargo del Directorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ FONAFE. Articulo 5º.- MORDAZA derogatoria Deroguese o modifiquese las disposiciones que se opongan a la presente norma. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbre de electroducto para linea de transmision a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 439-2009-MEM/DM
MORDAZA, 12 de octubre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 21208609, organizado por Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11008737 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 60 kV Apertura Oquendo ­ La Pampilla (SE Chillon ­ P9); CONSIDERANDO: Que, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion, en merito de la Resolucion Suprema Nº 080­96-EM, publicada el 18 de octubre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 60 kV Apertura Oquendo ­ La Pampilla (SE Chillon ­ P9), ubicada en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, la Linea de Transmision de 60 kV Apertura Oquendo ­ La Pampilla (SE Chillon ­ P9) recorrera por terrenos de propiedad particular, municipal y vias publicas de propiedad del Estado; Que, el articulo 112° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. ha cumplido con efectuar al propietario privado el pago por concepto de compensacion e indemnizacion por danos y perjuicios en razon de la servidumbre; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109° de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 276-2009-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A., la servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 60 kV Apertura Oquendo ­ La Pampilla (SE Chillon ­ P9), sobre bienes publicos, ubicada en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

418007-2

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