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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de noviembre de 2009 405612 3. Encontrarse en el tercio inferior del Cuadro de Mérito para el ascenso sin considerar el Factor Tiempo de Servicio en el Grado o haber sido declarado inapto para el proceso de ascenso en el mismo año en que se realiza el proceso de Renovación”. “Artículo 31º.- Del Consejo de Califi cación El Consejo de Califi cación es el órgano Consultivo que evalúa y propone a los Ofi ciales Policías, Ofi ciales de Servicios y Personal con Estatus de Ofi cial, pertenecientes a las jerarquías de Ofi ciales Generales y Ofi ciales Superiores, para su pase a la Situación de retiro por Causal de Renovación. Lo preside el Director General de la Policía Nacional del Perú y está integrado por (4) Ofi ciales Generales. Sus decisiones se adoptan por mayoría y es obligatorio que todos sus integrantes se pronuncien sobre los casos que se sometan a su consideración. El Consejo es nombrado mediante Resolución Directoral”. “Artículo 33º.- De los Órganos comprometidos La Inspectoría General, el Tribunal Disciplinario Nacional y la Dirección de Recursos Humanos, mantienen actualizada la información del área de su responsabilidad de conformidad a lo prescrito en el presente reglamento, con la fi nalidad de ser proporcionada oportunamente a los Consejos de Califi cación. La Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Economía y Finanzas, y la Dirección de Bienestar de la Policía Nacional del Perú, son responsables de tramitar y obtener de ofi cio de manera inmediata los documentos requeridos para el otorgamiento de los derechos y benefi cios económicos a los Ofi ciales que pasan a la situación de retiro por causal de Renovación. La Dirección de Información de la Policía Nacional del Perú tiene la responsabilidad de organizar el acto protocolar de despedida de los Ofi ciales Generales y Ofi ciales Superiores que pasan a la situación de Retiro por la causal de Renovación”. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Deróguese el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 012-2006-IN del 28 de diciembre de 2006. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 418518-6 Autorizan viaje de personal de la PNP a Holanda, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 073-2009-IN Lima, 4 de noviembre de 2009 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 31-2009- DGPNP/INTERPOL-EM. del 30 de octubre de 2009, formulada por la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, recomendando la autorización del viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Zohar Gerson ORTIZ ZAVALETA y de la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Patricia Adalí SOVERO NIÑO, a la ciudad de Ámsterdam - Holanda, del 7 al 13 de noviembre de 2009. CONSIDERANDO: Mediante Resolución Suprema Nº 219-2009-JUS del 16 de setiembre de 2009, se resuelve acceder al pedido de Extradición Activa del procesado Jorge Fernando HAYEK CONTRERAS o Edwin Lisandro PEREZ ORJUELA, formulado por el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial de Lima y declarado procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas fi gura agravada en agravio del Estado Peruano, y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de los Países Bajos, de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje I-24/7 NR. OVL-I-2009054930 del 30 de octubre de 2009, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - La Haya - Holanda, hace de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que las autoridades judiciales de Ámsterdam - Holanda autorizan la entrega en extradición del reclamado Jorge Fernando HAYEK CONTRERAS o Edwin Lisandro PEREZ ORJUELA, en ese sentido solicitan se remitan planes de desplazamiento de los funcionarios a la ciudad de Ámsterdam dentro de los plazos legalmente establecidos, para materializar tal entrega; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio Nº 2238-2009-DIRECFIN-PNP/ EM-UNIPRE del 31 de octubre de 2009, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite el Informe Nº 301-2009-DIRECFIN-PNP- DIVDYB-DEPADM-SV del 31 de octubre de 2009, sobre el Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 7 al 13 de noviembre de 2009; asimismo la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hace conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 1019-2009-DIRECFIN-PNP- EM/UNIPRE, del 31 de octubre de 2009, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.1.3 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 3,640.00 (Tres Mil Seiscientos Cuarenta con 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Ámsterdam - Holanda, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Zohar Gerson ORTIZ ZAVALETA y de la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Patricia Adalí SOVERO NIÑO, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 9.3 del artículo 9º de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se