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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (19/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de noviembre de 2009 406273 por Resoluciones Jefaturales Nos. 126 y 173-2009-J/ ONPE, respectivamente; para desempeñar el cargo de confi anza de Subgerente de la Ofi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Memorando N° 1075-2009-OGPP/ ONPE la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto comunica que existen los recursos presupuestarios necesarios para la cubrir la plaza N° 052, correspondiente al cargo de confi anza antes citado; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley N° 27594, todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza, surten efecto a partir del día de su publicación en el diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, y los literales q) y bb) del artículo 9° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nºs. 073 y 163-2009-J/ONPE; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, al señor Luis Javier Quiroz Ortiz de Zevallos en el cargo de confi anza de Subgerente de la Ofi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la plaza N° 052 del Cuadro para Asignación de Personal. Artículo Segundo.- La designación efectuada a través del artículo precedente, surtirá efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MADGALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Ofi cina Nacional de Procesos Electorales 423970-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en Comunidades Nativas y Centro Poblado de los departamentos de Ucayali y Pasco RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 763-2009-JNAC/RENIEC Lima, 17 de noviembre de 2009 VISTOS: los Informes N°s. 337, 338, 339 y 341-2009/ SGIRC/GRC/RENIEC emitidos por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles y el Informe N° 108-2009- GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Artículo 11º de la misma norma, precisa que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, el Artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Ofi cina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Artículo 262° del Código Civil señala que éste se tramita y celebra ante un Comité Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía de la respectiva comunidad, el cual será presidido por el directivo de mayor jerarquía; Que, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, a través de los Informes de la referencia señala que las Comunidades Nativas de Puerto Alegre, Shahuaya, Diobamba y Nuevo Paraíso, han presentado Acta de Conformación de Comité Especial, a que se refi ere el considerando precedente, conforme a la legislación vigente; Que, las Ofi cinas Registrales que funcionan en las Comunidades Nativas a que se refi eren los informes del visto, han formalizado sus respectivos expedientes de regularización de Ofi cina Registral, los mismos que se encuentran debidamente visados por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Que, el numeral 4.4 del artículo 4º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, faculta a las entidades de la Administración Pública a integrar en un sólo documento bajo una misma motivación varios actos de la misma naturaleza, siempre que se individualice a sus destinatarios; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44° de la Ley N° 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a las Ofi cinas de Registro de Estado Civil que funcionan en: COMUNIDAD NATIVA DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO Puerto Alegre Tahuanía Atalaya Ucayali Shahuaya Tahuanía Atalaya Ucayali Diobamba Tahuanía Atalaya Ucayali Nuevo Paraíso Tahuanía Atalaya Ucayali Artículo 2°.- Los Jefes de las Ofi cinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas mencionadas en el artículo precedente, quedan encargados de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento matrimonio y defunción, a las Ofi cinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a éstas, a fi n que los procedimientos registrales que realicen sean efectuados en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 424490-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 764-2009-JNAC/RENIEC Lima, 17 de noviembre de 2009 VISTOS: el Informe N° 000321-2009/SGIRC/GRC/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Integración de