Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2009 (22/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406387

015-2004-EF, por nuevos bonos soberanos internos a los que se refiere el articulo siguiente. La citada operacion de administracion de deuda se implementara con sujecion a lo dispuesto en el Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos Soberanos, que se aprueba en el Articulo 3º de esta MORDAZA legal. Articulo 2º.- Aprobacion de la emision de bonos soberanos Apruebese la emision interno de bonos soberanos, en una o varias colocaciones, hasta por la suma de S/. 1 417 027 000 (MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES VEINTISIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), como parte integrante de la operacion administracion de deuda publica que se aprueba en el articulo precedente. Las caracteristicas y montos de los bonos soberanos cuya emision se aprueba mediante el presente articulo seran establecidas mediante Resolucion Directoral de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Aprobacion del Reglamento Operativo Apruebese el Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos Soberanos, que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de esta MORDAZA legal, el cual es publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas www.mef.gob.pe, en la fecha de publicacion del presente dispositivo. Articulo 4º.- Designacion de Agente Designese al Banco de la Nacion como Agente de Intercambio en la operacion que se aprueba en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, para que se encargue de: (i) la custodia temporal de los bonos soberanos internos a ser intercambiados, (ii) la custodia temporal de los nuevos bonos soberanos internos a emitirse en virtud de la presente MORDAZA legal; (iii) del registro y traspaso de bonos soberanos, (iv) las actividades relacionadas con la liquidacion de la operacion de intercambio de bonos soberanos; y, (v) brindar otros servicios vinculados a aspectos operativos de la citada operacion de administracion de deuda publica. Articulo 5º.- Atencion del servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses y demas gastos que ocasionen los bonos soberanos que se emitan en el contexto de la operacion de administracion de deuda publica aprobada por el Articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, todos los documentos relacionados a la presente operacion de administracion de deuda, incluyendo los concernientes a la emision de bonos que se aprueba en el Articulo 2º de este dispositivo legal, asi como a tomar las acciones necesarias para implementar la referida operacion. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 426023-8

Establecen caracteristicas de emision de bonos soberanos a ser realizada en el MORDAZA del D.S. N° 261-2009-EF
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 011-2009-EF/75.01 MORDAZA, 20 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 1° del Decreto Supremo N° 261-2009-EF se aprobo la operacion de administracion de deuda interna, bajo la modalidad de intercambio, total o parcial, del MORDAZA Soberano denominado SB10AGO11 con vencimiento el 10 de agosto de 2011, emitido por la Republica del Peru en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 015-2004-EF, por nuevos bonos soberanos internos; Que, conforme al acotado Articulo 1°, la referida operacion de administracion de deuda se implementara con sujecion a lo dispuesto en el Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos Soberanos, aprobada por el Articulo 3° de dicha MORDAZA legal; Que, de acuerdo con el indicado Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos Soberanos, las caracteristicas de los bonos soberanos que formaran parte de dicha operacion de intercambio, asi como los precios de los bonos soberanos a ser retirados y de los bonos soberanos a ser entregados, seran establecidos mediante Resolucion Directoral de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Que, en tal sentido se requiere establecer las caracteristicas y el precio de los citados bonos soberanos, asi como el precio de los bonos soberanos a ser a ser entregados; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; y por el Decreto Supremo Nº 2612009-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La emision de bonos soberanos a ser realizada en el MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 261-2009-EF, sera hasta por la suma total de S/. 1 417 027 000 (MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES VEINTISIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 2º.- La emision a que se refiere el articulo precedente, se instrumentara a traves de las reaperturas de las series de los bonos denominados Bonos Soberanos 12AGO2017 y Bonos Soberanos 12AGO2026, cuyas caracteristicas seran las siguientes
- Emisor - Moneda - Valor nominal de cada MORDAZA - Fecha de liquidacion - Negociabilidad - Representacion - Pago del principal e intereses : La Republica del Peru : Nuevos Soles : S/. 1 000,00 ( Un Mil y 00/100 Nuevos Soles) : 26 de noviembre de 2009 : Libremente negociables : Mediante anotacion en cuenta en el registro contable de CAVALI S.A ICLV . : A traves de CAVALI S.A ICLV . Los pagos se realizaran segun los cronogramas que se describen en el Anexo I a la presente Resolucion Directoral. : Los montos a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario como resultado del intercambio de bonos soberanos, seran los intereses corridos generados por cada MORDAZA adjudicado. : Por el numero de dias transcurridos entre la fecha de pago del ultimo cupon y la fecha de liquidacion del bono. : Al vencimiento de cancelara el integro del principal.

- Monto a pagar

- Intereses corridos - Redencion

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