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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de octubre de 2009 404049 en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; Que, se ha suscrito, la Carta de Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación – FAO y el Proyecto Especial Regional Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente – IMA, relativo a las actividades de organización y conducción del Proyecto de “Asistencia Técnica a Funcionarios Públicos Locales Provinciales y Regionales para integrar Medidas de Adaptación al Cambio Climático”, en las labores de extensión para la gestión y conservación adaptativa del agua, bosques, relictos, bofedales, pastos naturales y suelos durante un año, con una contribución de la cantidad de Ciento Cincuenta Mil Novecientos Diez con 00/100 Nuevos Soles, que se ejecutará bajo el marco del proyecto UNJP/PER/042/SPA “Gestión Integral y Adaptativa de Recursos Ambientales para Minimizar Vulnerabilidad al Cambio Climático en Microcuencas Altoandinas”; Que, el Artículo 10º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional dispone que el Pleno del Consejo Regional autorizará al Ejecutivo del Gobierno Regional previamente a su suscripción o aprobación, de las donaciones, cesiones en uso, venta de activos, convenios interinstitucionales, contratos y concesiones de interés Regional. En caso de donación de bienes inmuebles deben contar con la autorización de la Superintendencia Nacional de Bienes del Estado; Que, conforme establece la Ley Nº 27411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el Artículo 69º, las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Acuerdo del Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicho Acuerdo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el Consejo Regional del Cusco en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional, ha debatido, habiendo merecido voto favorable unánime, aprobando el presente Acuerdo; y Por Tanto: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Donación Dineraria ascendiente a CIENTO CINCUENTA MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 00/100 NUEVOS SOLES (150,910.00) provenientes de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO a favor del Proyecto Especial Regional Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente, destinados al primer año de ejecución del Proyecto “Asistencia Técnica a Funcionarios Locales, Provinciales y Regionales para integrar medidas de adaptación al Cambio Climático. Artículo Segundo.-DISPONER que el Ejecutivo del Gobierno Regional realice las acciones administrativas respectivas para la incorporación de la donación dineraria al Presupuesto Institucional del Pliego 446; Gobierno Regional Cusco y se Asigne una Unidad Ejecutora al Proyecto Especial Regional Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Cusco, 24 de setiembre del 2009. EDGAR J. ZECENARRO MATHEUS Consejero Delegado - Período 2009 406055-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 278-MDSMP DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2009/MDSMP San Martín de Porres, 2 de octubre del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES: VISTO: El Informe Nº 317-2009-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 278 –MDSMP; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 278–MDSMP (15. SETIEMBRE.2009) se establecen facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y formales en el distrito, con vigencia hasta el 03.OCTUBRE.2009; Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la referida Ordenanza señala que, mediante Decreto de Alcaldía, podrá prorrogarse su vigencia; Que, atendiendo el pedido de vecinos e instituciones del distrito para que se prorrogue dicha vigencia, a fi n de poder cumplir con sus obligaciones tributarias y no tributarias en la municipalidad, corresponde emitirse el respectivo dispositivo municipal; De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 278-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 278-MDSMP (15.SETIEMBRE.2009) hasta el 17.OCTUBRE.2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas, el cumplimiento del presente Decreto; y a la Ofi cina de Secretaría General su publicación y difusión mediante sus unidades orgánicas correspondientes. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 406219-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo de Donación entre la Agencia de Cooperación Internacional del Japón y el Gobierno de la República del Perú para el Proyecto de Construcción de la Nueva Sede del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” (Diseño Detallado) Entrada en vigencia del Acuerdo de Donación entre la Agencia de Cooperación Internacional del Japón y el Gobierno de la República del Perú para el Proyecto de Construcción de la Nueva Sede del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” (Diseño Detallado), suscrito el 31 de agosto de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 066-2009-RE de fecha 1 de octubre de 2009, publicado el 2 de octubre de 2009. Entró en vigencia el 2 de octubre de 2009. 406172-1