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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (16/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de octubre de 2009 404630 - Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. - Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. - Ley Nº 28411 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. - Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF – Reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Ley Nº 29298 – Ley que modifi ca la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública - Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo. TÍTULO III ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO Artículo 3º.- El rol de los actores del Proceso del Presupuesto Participativo: Concejo Municipal, Alcalde, Consejo de Coordinación Local Distrital, Equipo Técnico y de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se encuentra detallado en el Instructivo Nº 002-2008- EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado mediante la Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 11/04/2008. Artículo 4º.- De los Agentes Participantes: a) Participar con voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones del presupuesto participativo. b) Partiendo de la Cartera de Proyectos propuesta por el Alcalde, plantear proyectos de inversión de impacto local. c) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. d) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. e) Cumplir con los acuerdos y compromisos asumidos en el proceso del presupuesto participativo. f) Cofi nanciar la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos fi nancieros, físicos y/o de mano de obra. Artículo 5º.- Del Comité de Vigilancia: Realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo; es elegido por los agentes participantes que representan a la sociedad civil, como parte del Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos, cuya vigencia es de un año: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo y la ejecución de los proyectos priorizados. b) Solicitar al Gobierno Local la información necesaria para vigilar el cumplimiento de los acuerdos. c) Informar al Concejo Municipal y al Consejo de Coordinación Local Distrital, en el caso de incumplimiento de los acuerdos. TÍTULO IV ARTICULACION DE LINEAMIENTOS ESTRATEGICOS Artículo 6º.- El Presupuesto Participativo se encuentra articulado con los lineamientos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado Local, así como, con el Plan de Desarrollo Institucional y Presupuesto Institucional, los mismos que se dan a partir de la defi nición de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado Local. Los Gobiernos Locales tienen como objetivo brindar desarrollo estructurado y sostenido; los talleres a desarrollar en el proceso del presupuesto participativo se efectuarán en base a cinco grandes Ejes Temáticos, los cuales son: Servicios Comunales, Sanidad, Servicios Sociales, Seguridad y Desarrollo Urbano. TÍTULO V FASES DEL PROCESO Artículo 7º.- El Proceso del Presupuesto Participativo se desarrollará mediante las fases siguientes: 1.- Preparación 2.- Convocatoria 3.- Identifi cación y Registro de Agentes Participantes 4.- Desarrollo de Talleres de Trabajo: 4.1.- Capacitación de Agentes Participantes 4.2.- Elección del Comité de Vigilancia. 4.3.- Rendición de Cuentas 4.4.- Diagnóstico e identifi cación de problemas y priorización de proyectos 4.5.- Formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. TÍTULO VI REGISTRO Y ACREDITACION DE LA SOCIEDAD CIVIL Artículo 8º.- Las organizaciones de la sociedad civil, interesadas en participar en el Proceso del Presupuesto Participativo 2010, deberán acreditar un delegado participante y solicitar su registro en el Libro de Agentes Participantes de la Municipalidad, adjuntando los siguientes documentos: a) Solicitud de registro, presentada por la Organización a la cual pertenecen. b) Copia autenticada del Acta de Asamblea, donde se designa al Delegado Participante, debidamente fi rmado por los asistentes. c) Copia del DNI, del Delegado Participante. d) Documento vigente de reconocimiento de la Organización: copia simple de inscripción en Registros Públicos, Resolución de Alcaldía u otro documento similar. Artículo 9º.- Las Entidades Públicas, de nivel Nacional, Regional o Provincial, establecidas en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, para participar, deberán acreditar a su representante mediante documento ofi cial, suscrito por el Titular. TÍTULO VII CARTERA DE PROYECTOS Artículo 10º.- Incorporar la Cartera de Proyectos aprobada por el Consejo de Coordinación Local Distrital, en Sesión de fecha 16/09/2009, para ser sometida al Presupuesto Participativo. TÍTULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Equipo Técnico, de conformidad con los dispositivos legales vigentes. Segunda.- Encargar al Equipo Técnico la organización, programación, convocatoria, desarrollo y ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo 2010, el mismo que deberá desarrollarse entre los meses de Octubre y Noviembre del presente año. Tercera.- El Gerente Municipal queda encargado del cumplimiento de los fi nes y objetivos de la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 410101-1