Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2009 (16/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de octubre de 2009

Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la informacion consagrado en el numeral 5) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 5º de la citada ley establece que las entidades publicas deberan identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Que, la designacion que se efectua no exime a las areas que produzcan o posean la informacion materia de publicacion en el MORDAZA Institucional, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que MORDAZA posible el cumplimiento de la Ley; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Director de la Oficina de Informatica de la Municipalidad de Pueblo Libre como funcionario responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de Transparencia de conformidad con lo dispuesto por el articulo 5º de la Ley Nº 27806 modificada por Ley Nº 27927. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la misma fecha en que se realice esta, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www. muniplibre.gob.pe). Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion de Alcaldia Nº 066-2009-MPL de fecha 05 de marzo de 2009. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 409625-1

y complicados y de los derechos a tramitar; siendo requisitos indispensables para la obtencion de Licencias de Construccion, MORDAZA de la MORDAZA Literal de Dominio de acuerdo a la Ley 29090. Que, segun el Art. 34º de la Ley 29090, las Municipalidades, para incentivar la formalizacion de la propiedad predial en sus jurisdicciones o con fines de incentivar el desarrollo inmobiliario, podran reducir, exonerar o fraccionar el pago de los derechos establecidos, en aplicacion de lo establecido en el Art. 9, numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972. Que, la "Ordenanza de Regularizacion de Autorizacion de Construccion de Cercos de los Predios Baldios y Obras Menores", conllevara: a) Simplificar el tramite para obras menores y construccion de cercos. b) Regula el procedimiento para casos de predios que no cuentan con MORDAZA Literal inscrito y una vez obtenida la MORDAZA Literal correspondiente podra ser regularizada con la Licencia de Construccion respectiva. c) Disminuye costos, implementando un pago unico por todo el procedimiento. Que, segun el Art. 40º de la Ley 27972 regula que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, Licencias, Derechos y Contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley. Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica de Municipalidades 27972 y el Informe Nº 190-2009-GAJMDPN, el Concejo Municipal con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, aprobo por unanimidad, segun actas expidio la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REGULA LA AUTORIZACION DE CONSTRUCCION DEL CERCADO DE PREDIOS BALDIOS Y OBRAS MENORES Articulo Primero.- APROBAR, la Ordenanza que regula la Autorizacion de Construccion de Cercos de Predios Baldios y Obras Menores segun sus alcances, Generalidades, Procedimiento, Requisitos administrativos y tecnicos, Derechos, Impedimentos, Prohibiciones y sanciones, vigencia constituidos por 10 Articulos y Primera Disposicion Final que corren como anexo, formando parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER, la vigencia de la presente Ordenanza por 60 dias habiles, a partir de su publicacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR, al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia lo reglamente y prorrogue el plazo de la Ordenanza si fuera necesario. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaria General disponga su publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los medios de comunicacion de la Municipalidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 409347-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Regulan la autorizacion de construccion de cercos de predios baldios y obras menores
ORDENANZA Nº 008-2009/MDPN Punta Negra, 17 de setiembre del 2009 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 614-2009-GDU/MDPN, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, solicitando que mediante Ordenanza regule la Autorizacion de Construccion de Cercos de los Predios Baldios y Obras Menores. CONSIDERANDO: Que, segun la Ley Organica de Municipalidades 27972 y la Constitucion Politica del Peru, regulan que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, existe un gran porcentaje de predios en el distrito que no cuentan con los documentos de propiedad, Inscripcion en Registros Publicos, y cuya situacion actual es sin regularizar y/o en vias de regularizacion. Que, las obras menores y construccion de cercos, son construcciones de menor envergadura, que ameritan simplificacion de procedimientos y costos. Que, existe un alto porcentaje de predios en situacion de terrenos baldios y obras menores, debido a la falta de documentos de propiedad, a los tramites extensos

Aprueban Ordenanza de regularizacion de edificaciones sin licencia por amnistia
ORDENANZA Nº 009-2009/MDPN Punta Negra, 17 de setiembre del 2009 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 596-2009-GDU/MDPN, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, solicitando que mediante Ordenanza se apruebe la Regularizacion de Edificaciones sin Licencia por Amnistia.

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