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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de octubre de 2009 404625 Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 004-2008-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE. Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Jaime Luis Menéndez Rubio con matrícula Nº N-3971 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Vida, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 409228-1 Autorizan a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A. la apertura de oficina especial y agencia en los departamentos de Arequipa y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 13442-2009 Lima, 28 de setiembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO – Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice la apertura de una Ofi cina Especial Temporal del 30 de setiembre al 2 de octubre de 2009 ubicada en el departamento de Arequipa y una Agencia ubicada en el departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las ofi cinas solicitadas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “B”, mediante el Informe N° 296- 2009-DSM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resoluciones SBS N°s 1096- 2005 y 13329-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a MIBANCO – Banco de la Microempresa S.A., la apertura de: • Una Ofi cina Especial Temporal del 30 de setiembre al 2 de octubre de 2009 ubicada en el Cerro Juli, distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa; • Una Agencia ubicada en la Av. Paseo de la República s/n, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima (Centro Comercial Real Plaza Centro Cívico). Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 409227-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. - Credinka la apertura de agencia en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 13558-2009 Lima, 30 de septiembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. – Credinka de fecha 11 de septiembre de 2009, para la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Próceres de la Independencia Nº 1771, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada ofi cina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”, mediante el Informe N° 214- 2009-DSM “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resoluciones SBS N° 1096- 2005 y Nº 13329-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. - Credinka, la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Próceres de la Independencia Nº 1771, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 410115-1