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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de octubre de 2009 404629 CONSIDERANDO: Que, según la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 y la Constitución Política del Perú, regulan que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, existe un gran porcentaje de predios en el distrito que no cuentan con los documentos de propiedad, Inscripción en Registros Públicos, y cuya situación actual es sin regularizar y/o en vías de regularización. Que, existe un alto porcentaje de edifi caciones en el distrito que han sido construidas sin Licencia de Obra como consecuencia presunta a los trámites y requisitos extensos y no obtenidos, multas elevadas y derechos a tramitar; siendo requisitos indispensables para la obtención de Licencias de Construcción en Vías de Regularización, la presentación de la Copia Literal, de Dominio, de acuerdo a la Ley 29090. Que, según el Art. 34º de la Ley 29090, regula que las Municipalidades, para incentivar la formalización de la propiedad predial en sus jurisdicciones o con fi nes de incentivar el desarrollo inmobiliario, podrán reducir, exonerar o fraccionar el pago de los derechos establecidos, en aplicación de lo establecido en el Art. 9 numeral 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972. Que, la “Regularización de Edifi caciones sin Licencia por Amnistía” conllevará: a) Regularizar y simplifi car el trámite de Licencia y/o Edifi cación en Vías de Regularización de predios. b) Formalizar las edifi caciones construidas sin Licencia. c) Condonar y/o reducir las multas administrativas de acuerdo al área construida. Que, según el Artículo 40 de la Ley 27972 regula que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran, Licencias, Derechos y Contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades 27972 y el Informe Nº 191-2009-GAJ- MDPN, el Concejo Municipal con la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó por unanimidad, según actas expidió la siguiente Ordenanza: ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA POR AMNISTÍA Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza de Regularización de Edifi caciones sin Licencia por Amnistía, según sus alcances, Generalidades, Procedimientos, Benefi cios, Requisitos administrativos y técnicos, Derechos de tramitación, Impedimentos, vigencia constituidos por 9 artículos y Primera Disposición Final que corren como anexo, formando parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER, la vigencia de la presente Ordenanza por 60 días hábiles, a partir de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía lo reglamente y prorrogue el plazo de la Ordenanza si fuera necesario. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaría General disponga su publicación de la Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los medios de comunicación de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS S. LAZO RIOJAS Alcalde 409347-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 de la Municipalidad ORDENANZA Nº 012-2009-MDLP La Perla, 14 de octubre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 14 de octubre del 2009, el Dictamen de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el PROYECTO DE ORDENANZA DEL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2010 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA; Y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, norman la participación vecinal en el desarrollo local. Que, el Proceso del Presupuesto Participativo está normado y regulado por la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, la Ley Nº 29298 - Ley modifi catoria de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF Reglamento del Presupuesto Participativo, la Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, que aprobó el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 089-2004- MDLP, de fecha 06/10/2004, la Municipalidad Distrital de La Perla se acoge al Plan de Desarrollo Concertado de la Región Callao 2003-2011; Que, mediante Dictamen, la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, hace suya la propuesta presentada por la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, mediante el Informe Nº 020-2009-SGPYR-GPYP-MDLP, contando con opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 297-2009-GAJ-MDLP y el Informe Nº 087-2009-GM-MDLP de la Gerencia Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º, incisos 8 y 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los Señores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el Concejo en pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2010 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA” TÍTULO I OBJETIVO Y FINALIDAD Artículo 1º.- La presente Ordenanza establece los procedimientos para regular el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2010; con el objetivo de asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso del Presupuesto Participativo. TÍTULO II BASE LEGAL Artículo 2º.- El presente Reglamento tiene como base legal: - Constitución Política del Perú.