Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2009 (22/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404887

Que, mediante Informe Nº 97-2009/COE-TC del 30 de setiembre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA RICO, formulado por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision de los delitos de Trafico Ilicito de Drogas y Posesion Ilegal de MORDAZA de Fuego, Municiones y Explosivos de MORDAZA en agravio del Estado Peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de la Republica de Colombia, de conformidad con las normas legales aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 412864-12

por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar el pedido de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, formulado por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 412864-13

Deniegan pedido de extradicion activa formulado por el MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Chiclayo
RESOLUCION SUPREMA Nº 245-2009-JUS MORDAZA, 21 de octubre de 2009 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 101-2009/ COE-TC del 13 de octubre de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana, del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 22 de setiembre de 2009, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito de Omision de Asistencia Familiar, en agravio de su menor hija (Expediente Nº 72-2009); Que, mediante el Informe Nº 101-2009/COE-TC del 13 de octubre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2, del articulo 515º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y

Deniegan pedido de extradicion activa formulado por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 244-2009-JUS MORDAZA, 21 de octubre de 2009 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 98-2009/ COE-TC del 6 de octubre de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica Italiana del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, formulada por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva del 22 de setiembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud - Lesiones Graves, en agravio de MORDAZA MORDAZA Caceda Ludgardo (Expediente Nº 74-2009); Que, mediante el Informe Nº 98-2009/COE-TC del 6 de octubre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, ha emitido la opinion correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2, del articulo 515º del Codigo Procesal Penal, promulgado

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