Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (22/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de octubre de 2009 404879 6.2. De la Conformación y funciones del Comité de Recepción y Entrega en la Institución Educativa y PRONOEI a) El “Comité de Recepción y Entrega” estará integrado por el Director del Plantel, quien lo preside, y dos (02) representantes de los Padres de Familia (APAFA). En el caso de Instituciones Educativas de Educación Inicial donde no se haya constituido la APAFA, los representantes serán padres de familia de los Comités de Aula. b) El Comité, una vez constituido, tiene a cargo las siguientes funciones: 1. Verifi car que la IIEE o PRONOEI cuente con la Nómina de Matricula 2009, debidamente aprobada por el Área de Gestión Pedagógica de la UGEL correspondiente. 2. Recibir los bienes destinados a la institución educativa, para lo cual deberá entregar una copia de la Nómina de Matricula 2009 al Núcleo Ejecutor, documento ofi cial que sustenta la cantidad y edades de los alumnos benefi ciados. La recepción se realizará mediante un Acta (Anexo 2) y la documentación administrativa defi nida por el Núcleo Ejecutor; asimismo, el Acta deberá consignar todo hecho relevante ligado al proceso. 3. Hacer entrega de los bienes a los alumnos benefi ciarios y obtención de la conformidad de recepción del padre de familia o apoderado en el formato “Planilla de Entrega a Benefi ciarios” (Anexo 3). En caso de no encontrarse presente algún benefi ciario el día de la entrega, el Comité tomará las previsiones para su adecuada custodia y posterior entrega. 4. Levantar un “Acta de Entrega de Bienes a los Benefi ciarios” (Anexo 4) en la cual se consigne el número total de bienes recibidos y entregados por el Comité. En está acta se debe consignar la información resumen del proceso de entrega y las incidencias que hubiesen ocurrido. El formato “Planilla de Entrega a Benefi ciarios” (Anexo 3) forma parte integrante del Acta. 5. En caso se presente la necesidad o se disponga la devolución o traslado de bienes identifi cados como sobrantes, dicho acto se realizará mediante el “Acta de Devolución de Bienes” (Anexo 5). 6. En el caso de carpetas, el Comité recibe los bienes y los asigna a las aulas de 1º y 2º grado en función a la cantidad y estado de su mobiliario. En este caso no aplican los Anexos 4 y 5. 7. Remitir a la UGEL, al “Comité Veedor” y al Gobernador o Teniente Gobernador de la localidad, según sea el caso, copia de las Actas (Anexo 1, 2, 3, 4 y 5) e informarles acerca de los resultados e incidencias del proceso. 6.3. De la Conformación y funciones del Comité Veedor a) El “Comité Veedor” estará conformado al menos por: Para el caso de las Instituciones Educativas Públicas polidocentes completas, polidocentes multigrados (incompletas) y PRONOEI de zona urbana: 1. El Alcalde de la Municipalidad Distrital o Provincial, según corresponda del distrito o de la provincia a la cual pertenece la Institución Educativa, quien lo preside. 2. El Gobernador o Teniente Gobernador, según corresponda. 3. Un representante de la Asociación de Padres de Familia. En caso que no se encuentre constituida, un representante de los padres de familia designados en asamblea. Para el caso de las Instituciones Educativas unidocentes o PRONOEI de zona rural: 4. El Gobernador o Teniente Gobernador, según corresponda, quien lo preside. 5. Dos representantes de los padres de familia designados en asamblea. b) El “Comité Veedor” cumplirá las siguientes funciones: 6. Participar en los procesos de recepción y entrega de los bienes, pudiendo suscribir, cualquiera de sus miembros, las Actas en señal de conformidad. 7. Elaborar un informe de evaluación del proceso, el cual deberá ser entregado a la UGEL correspondiente, en un plazo no mayor de 15 días calendario, posteriores a la culminación del proceso de entrega a los benefi ciarios. 6.4. De las Funciones de las DRE y UGEL Dirección Regional de Educación (DRE) a) Designar un coordinador general del proceso en el ámbito de la DRE. b) Desarrollar las acciones necesarias a fi n de brindar el apoyo a los Núcleos Ejecutores para asegurar la correcta recepción y entrega de los bienes asignados a las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI del ámbito de su competencia. c) Realizar labores de difusión y capacitación hacia la comunidad educativa, respecto a la aplicación de la presente Directiva. d) Supervisar y fi scalizar, en coordinación con las UGEL, la recepción y entrega de los bienes en las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI del ámbito de su competencia. e) Sistematizar y consolidar, en el ámbito regional, la información relativa a la entrega de los bienes, remitida por las UGEL a su cargo. f) Coordinar con la Ofi cina de Coordinación Regional (OCR) del Ministerio de Educación, el avance y las incidencias del proceso de recepción y entrega de los bienes. g) Elaborar el Informe Final de la recepción y entrega de buzos, uniformes escolares, calzados, chompas y carpetas de las IIEE y PRONOEI benefi ciados en el ámbito de su jurisdicción, y remitirlo a la Ofi cina de Coordinación Regional del Ministerio de Educación. Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) a) Designar un coordinador general del proceso en el ámbito de la UGEL. b) Desarrollar las acciones necesarias a fi n de brindar apoyo a los Núcleos Ejecutores para asegurar la correcta recepción y entrega de los bienes asignados a las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI del ámbito de su competencia. c) Verifi car y supervisar la conformación de los Comités de Recepción y Entrega y coordinar con los gobiernos locales la conformación de los Comités Veedores de su jurisdicción. d) Brindar apoyo y orientación al Comité de Recepción y Entrega de las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI a fi n de asegurar la entrega de los buzos, uniformes escolares, calzados, chompas y carpetas. e) Garantizar la participación de las IIEE y PRONOEI benefi ciados mediante la difusión de la presente Directiva a los Directores de las Instituciones Educativas Públicas y Docentes Coordinadores de los PRONOEI. f) Supervisar y fi scalizar, en coordinación con la DRE, la recepción y entrega de los bienes en las Instituciones Educativas Públicas y PRONOEI del ámbito de su competencia. g) Coordinar con la DRE las incidencias y avances del proceso e informar los trabajos realizados. h) Recibir la documentación de las IIEE y/o PRONOEI de su jurisdicción; así como, los informes del Comité Veedor y, de ser necesario, disponer las medidas correctivas correspondientes. i) Entregar al FONCODES copia de las “Planillas de Entrega a Benefi ciarios” (Anexo 3) y de las “Actas de Entrega de los bienes a los Benefi ciarios” (Anexo 4) de las IIEE y PRONOEI a su cargo. j) De ser el caso, recibir y custodiar los bienes sobrantes de las IIEE a su cargo, procediendo de acuerdo a las disposiciones específi cas que se emitan sobre la materia. En caso corresponda la devolución de los bienes a FONCODES, dicho acto se realizará mediante el “Acta de Devolución de Bienes” (Anexo 5). Institución Educativa o PRONOEI A través del Director o Docente Coordinadora, según corresponda: a) Convocará e instalará el Comité de Recepción y Entrega de los Bienes, presidido por él y conformado por dos representantes de los padres de familia.