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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (25/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de octubre de 2009 405095 Que, mediante Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Que, conforme al Art. 5º del D.S. Nº 047-2002-PCM, los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, especificadas en dicha norma. Que, mediante Informe Nº 774-2009-MDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que corresponde al Concejo Municipal autorizar el mencionado viaje de acuerdo a su competencia, contando con el pronunciamiento previo de la Oficina General de Planificación a través de la Oficina de Presupuesto. Que, mediante Informe Nº 474-2009-MDA/OGP-OPr la Oficina de Presupuesto, precisa la Disponibilidad Presupuestal correspondiente para el referido viaje, con cargo al presupuesto del Ejercicio Fiscal 2009. Que, mediante Proveído Nº 3979-2009-MDA/GM la Gerencia Municipal, remite los actuados para conocimiento y aprobación respectiva, por parte del Pleno del Concejo Municipal. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje de la Srta. GLORIA PAITAN REMUZGO, Regidora de la Municipalidad Distrital de Ate a la Ciudad de Salamanca – España, del 26 al 31 de octubre del presente año, para que en representación de la entidad, asista al III Congreso Internacional de Estudios Electorales: Partidos, elecciones y calidad de la democracia en la globalización, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- EL EGRESO que demande el viaje autorizado, será con cargo al presupuesto de las Partidas Especifi cas: - 2.3.2.7.11.99 Inscripción US$ 50.00 - 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte US$ 842.00 - 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio US$ 1,560.00 - 2.5.4.1.2.1 Derechos Administrativos (Impuesto) US$ 31.00 (Tarifa Única por Uso de Aeropuerto. Haciendo un total neto de US$ 2,483.00 Dólares Americanos o su equivalente en moneda nacional. Artículo 3º.- Dentro de los 15 días calendarios siguientes a la realización del viaje, la Regidora Gloria Paitan Remuzgo, presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas, logros obtenidos y la correspondiente rendición de cuentas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Oficina de Tesorería, Oficina de Presupuesto, Oficina de Cooperación Técnica y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 413569-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Actualizan denominación del Centro de Adulto Mayor (CAM) por Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA Nº 010-2009-MDLP/ALC La Punta, 1 de octubre de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA: POR CUANTO: VISTO, en Sesión Ordinaria del 01 de octubre de 2009 con la propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta y el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP); y CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con relación a la autonomía política, el numeral constitucional antes señalado ha otorgado expresamente al Concejo la función normativa en los asuntos de su competencia; cumpliéndose precisamente esta función, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, tal y como se recoge en el Numeral 3); 8) y 32) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Reglamento de Organización y funciones – ROF es el documento técnico normativo de gestión institucional que establece la estructura orgánica de la entidad, las funciones generales y específi cas de la entidad y de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas y las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades orgánicas y entidades cuando corresponda; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la administración pública mientras que el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2007- MDLP/ALC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de Noviembre del 2007 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de la Punta, en el cual la Gerencia Central de Desarrollo Humano a través de la Gerencia de Salud y Bienestar Social asume las funciones del Centro de Adulto Mayor, programa social enfocado al apoyo y promoción a favor de la población de la tercera edad de menores recursos;