Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2009 (25/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de octubre de 2009

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, en adelante el Reglamento, cuya finalidad es regular el servicio de transporte terrestre de personas y mercancias de conformidad con los lineamientos previstos en la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181; Que, el numeral 31.6 del articulo 31º del Reglamento senala que es obligacion del conductor del servicio de transporte terrestre actualizarse anualmente mediante los cursos de capacitacion establecidos por la autoridad competente; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181, dentro de sus competencias normativas, debera dictar las medidas necesarias para el cumplimiento del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; Que, en consecuencia es necesario la expedicion de la MORDAZA complementaria que apruebe las caracteristicas del curso de capacitacion anual para conductores; de acuerdo a lo establecido en el numeral 31.6 del articulo 31º del Reglamento, a fin que los conductores cumplan con su obligacion; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y, el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva N° 009-2009-MTC/15 "Directiva que establece las caracteristicas del curso de capacitacion anual para conductores", la misma que forma parte de la presente Resolucion Directoral. Articulo Segundo.- Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral en la pagina Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http:// www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo Tercero.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 414054-1

resolvio declarar fundada la demanda de MORDAZA materia del Expediente N° 01387-2009-PA/TC, MORDAZA, interpuesta por el Consorcio DHMont & CG& M S.A.C. contra la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION y el Ministerio de Economia y Finanzas; y, en consecuencia nulos los Oficios N° 2032007-CPS-INM-PROINVERSION y N° 211/2007/CPSINM/PROINVERSION, ambos de fecha 15 de agosto de 2007, el Acuerdo de Consejo Directivo PROINVERSION N° 201-01-2007, asi como los demas actos que se hubieren emitido para su ejecucion; Que, asimismo, la citada Sentencia declaro valido el Acuerdo de Comite Saneamiento N° 439-04-2007INMUEBLES de fecha 03 de MORDAZA de 2007, el mismo que declaro de interes la iniciativa privada denominada "Mega Proyecto de Techo Propio, Mi Hogar y Mi Vivienda MORDAZA MORDAZA Collique" presentada por el Consorcio DHMont & CG& M S.A.C; Que, finalmente, la Sentencia ordena que la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION o la entidad del Estado promotora del proyecto de inversion en vivienda en la MORDAZA denominada Collique continue el procedimiento solo con el Consorcio DHMont & CG& M S.A.C. y actue conforme al Decreto Supremo N° 015-2004-PCM y su modificatoria, bajo apercibimiento de que el juez de ejecucion imponga las medidas coercitivas previstas en el articulo 22° del Codigo Procesal Constitucional; precisando que la misma se opone a cualquier acto administrativo dictado con posterioridad que afecte el mejor derecho del citado Consorcio; Que, mediante Resolucion N° 03 de fecha 06 de octubre de 2009, el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Constitucional de MORDAZA ha requerido a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional con fecha 11 de MORDAZA de 2009, recaida en el Expediente N° 01387-2009-PA/TC; Que, estando a que los terrenos materia de ejecucion de la iniciativa privada, fueron concursados y adjudicados al postor ganador del Concurso Publico N° 06-FMV/ GC-2008 realizado por el Fondo Mivivienda S.A. con anterioridad a la expedicion de la Sentencia del Tribunal Constitucional, resulta necesario adoptar las medidas correspondientes a fin de dar cabal cumplimiento a lo ordenado por la Resolucion aludida, en estricto respeto al ordenamiento juridico; Que, por tanto, resulta necesario autorizar al Fondo Mivivienda S.A. a resolver los contratos suscritos con el Consorcio Collique GyM Besco S.A en el MORDAZA del Concurso Publico N° 06-FMV/GC-2008 MORDAZA Habitat Comas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Fondo Mivivienda S.A. a resolver los contratos suscritos con el Consorcio Collique GyM Besco S.A en el MORDAZA del Concurso Publico N° 06FMV/GC-2008 MORDAZA Habitat Comas, debiendo restituirse entre las partes el terreno y el precio pagado, y adoptar las medidas correspondientes para la devolucion de los impuestos municipales respectivos, asi como de los gastos administrativos correspondientes. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 414164-7

VIVIENDA
Autorizan al Fondo Mivivienda S.A. a resolver contratos suscritos con el Consorcio Collique GyM Besco S.A. en el MORDAZA del Concurso Publico N° 06FMV/GC-2008 MORDAZA Habitat Comas
RESOLUCION SUPREMA N° 029-2009-VIVIENDA MORDAZA, 24 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Sentencia dictada por el Tribuna! Constitucional con fecha 11 de MORDAZA de 2009, se

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