Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2009 (25/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES
ACUERDO DE CONCEJO Nº 051 Ate, 14 de octubre de 2009

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de un cambio en la regularizacion de los mismos de acuerdo a la Ley, b) Por la perdida de la naturaleza que justifico su inclusion en esta categoria de bienes, c) Como consecuencia de que los planes urbanos o estudios Urbanos Especiales se aprueben, mediante Ordenanza del Concejo Metropolitano de MORDAZA, proyectos de reestructuracion o de adecuacion MORDAZA o renovacion MORDAZA que implique modificaciones en la estructura MORDAZA existente. Que, mediante Ordenanza Nº 786-MML, se modifico el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296-MML, estableciendose que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Legales del Concejo Metropolitano y previa opinion de la Municipalidad Distrital. Que, el inciso 6) del articulo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas. De igual modo los articulos 59º y 65º del referido precepto legal, establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotacion bienes de su propiedad, a favor de personas juridicas del sector privado, a condicion de que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes, o necesidad social, y fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su articulo 1001º, en el caso de uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, su plazo no podra exceder de treinta (30) anos. Que, mediante Dictamen Nº 030-2009-MDA/CDUyOP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda Aprobar la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del Lote 2, Mz. "N1", destinado a uso de "Parque", que cuenta con un area total de terreno de 706.00 m² cuya area a desafectar es la totalidad y se encuentra ubicado en el Asentamiento Humano "Los Progresistas de Ate" del MORDAZA MORDAZA, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, solicitando se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobacion correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 030-2009MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, sobre la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del Lote 2, Mz. "N1", destinado a uso de "Parque", que cuenta con un area total de terreno de 706.00 m² cuya area a desafectar es la totalidad y se encuentra ubicado en el Asentamiento Humano "Los Progresistas de Ate" del MORDAZA MORDAZA, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Articulo 2º.- DISPONER la Transcripcion y Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y poner en conocimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro para los fines convenientes. Articulo 3º.- DISPONER que, a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, se remitan los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del tramite de desafectacion, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 413568-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de octubre de 2009, el Dictamen Nº 031-2009-MDA/ CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, que recomienda Aprobar la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda de parte del Lote J-2, destinado a uso de MORDAZA, el cual cuenta con un area total de terreno de 198.00 m², siendo el area a desafectar 96.00 m², ubicado en la UCV 215, MORDAZA "S" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, segun el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, mediante Oficio Nº 655-2009-MML-GDUSPHU, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, solicita dentro del MORDAZA de la Ordenanza Nº 296-MML, modificada mediante Ordenanza Nº 786-MML, opinion de esta Municipalidad respecto a la Desafectacion de Uso de Suelo del terreno calificado como "parque" para ser destinado al uso de vivienda, ubicado en la UCV 215, MORDAZA "S", del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, la UCV 215 MORDAZA "S" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, cuenta con Saneamiento Fisico Legal, otorgado por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, inscrito en la SUNARP con codigo de predio Nº P02038249, Asiento Nº 005 y Plano aprobado con Resolucion Nº 297-94-MLM/SMDU de fecha 01 de Diciembre de 1994; de igual forma el Lote J-2, se encuentra inscrito con codigo de predio Nº P02038788, a favor de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI) destinado al Uso de "ParqueJardin"; no habiendose encontrado asiento de inscripcion que indique la afectacion de uso del referido lote a favor de la Municipalidad de Ate. Que, mediante Informe Nº 038-2009-PLZM e Informe Nº 668-2009/MDA-SGPUC, la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, opina por la procedencia de la desafectacion de parte Lote J-2 que encierra un area de 96.00 m², por cuanto dicha area que nacio como Bien de Uso Publico, ha perdido la naturaleza que justifico su inclusion en esa categoria de bienes; es decir, se ha desnaturalizado su categoria de "parque" que le fue asignada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, al haberse edificado sobre este una vivienda de dos pisos que a la fecha cuenta con los servicios basicos de agua y luz. Que, mediante Informe Nº 915-2009-MDA/OGAJ la Oficina General de Asesoria Juridica, opina se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de Desafectacion solicitada por la recurrente, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancia de las consideraciones tecnicas senaladas por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad

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