NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (01/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 28
TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de setiembre de 2009 401805 Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, la Presidencia de esta Corte Superior, considera menester nombrar a otro magistrado con la fi nalidad que no se vea afectada el servicio de administración de justicia a favor de los justiciables, a fi n de evitar el posible quiebre de las audiencias programadas con antelación o nulidades posteriores. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONCEDER al doctor Edgard Martín Chávez Cabrera, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, hacer uso de su goce físico vacacional del 01 al 15 de setiembre del presente año. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor ABEL AMBROSIO AURAZO, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, a partir del 01 al 15 de setiembre del presente año, mientras dure el periodo vacacional del doctor Chávez Cabrera. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. OTTO EDUARDO EGUSQUIZA ROCA Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de Lima 391005-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan fecha de vigencia de la Campaña de Beneficios Tributarios por Fiestas Patrias del Ejercicio Fiscal 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00011-2009-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 28 de agosto del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 122-2009-GR-MDSJM de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000112- 2009-MDSJM de fecha 07 de Julio del 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de julio del 2009, se aprobó dentro de la Jurisdicción del distrito de San Juan de Mirafl ores la “Campaña de Benefi cios Tributarios por Fiestas Patrias del Ejercicio Fiscal 2009”. Que el plazo de duración de la Campaña de Benefi cios Tributarios por Fiestas Patrias del Ejercicio Fiscal 2009, entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación de la citada Ordenanza Municipal y con fecha de vencimiento hasta el 31 de julio del 2009 y que fue ampliado mediante Decreto de Alcaldía Nº 00008-2009- MDSJM-A hasta el 31 de agosto del 2009. Que con el objeto de brindar mayor facilidades de pago a la gran mayoria de contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, se ve por conveniente prorrogar la fecha de vencimiento de la “Campaña de Benefi cios Tributarios por Fiestas Patrias del Ejercicio Fiscal 2009,” fi jada para el 31 de julio del 2009 y prorrogada hsata el 31 de agosto del 2009 debiéndose prorrogar nuevamente hasta el 30 de setiembre del 2009. Que, en uso de las facultades conferidas por la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 000112-2009-MDSJM de fecha 7 de julio del 2009 y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 20, numeral 6 y el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vigencia de la Campaña de Benefi cios Tributarios por Fiestas Patrias del Ejercicio Fiscal 2009 hasta el 30 de setiembre del 2009. Artículo 2º.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Gerencia de Informática y a las demás Gerencias competentes el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Ofi cial El Peruano Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 391081-1 Prorrogan fecha de vencimiento de Ordenanza que regula la simplificación del procedimiento para la expedición de constancias de posesión DECRETO DE ALCALDÍA N° 00012-2009/MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 28 de agosto del 2009