NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (03/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 44
TEXTO PAGINA: 23
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de setiembre de 2009 401917 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 83-2009/COE-TC del 5 de agosto de 2009, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano argentino GERARDO FEDERICO HARMEYER, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina y tramitada en nuestro país por el Séptimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 8 de julio de 2009, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró “PROCEDENTE la solicitud de extradición del Gobierno de la República Argentina respecto al procesado GERARDO FEDERICO HARMEYER por los delitos de estafa en grado de tentativa y encubrimiento agravado; APLAZARON la entrega hasta que haya concluido el proceso penal del expediente número dos mil setenta y tres-dos mil ocho, por delito contra la salud pública - tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado, a cargo de la Corte Superior de Justicia del Callao, o hasta que haya cumplido la condena -si la hubiera-”, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina (Expediente Nº 51-2009); Que, mediante Informe Nº 83-2009/COE-TC del 5 de agosto de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal “b” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición pasiva del ciudadano argentino GERARDO FEDERICO HARMEYER quien es requerido por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia RAFAEL REY REY Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 392482-22 Acceden a solicitud de traslado activo de condenado recluido en centro penitenciario de España para que cumpla el resto de su condena en el Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 206-2009-JUS Lima, 2 de setiembre de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 71-2009/ COE-TC del 7 de julio de 2009, sobre la solicitud de traslado activo del condenado de nacionalidad peruana CARLOS ALBERTO RUIZ MORENO; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 7 de mayo de 2009, la Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, declaró procedente la solicitud de traslado activo del Reino de España a la República del Perú del condenado de nacionalidad peruana CARLOS ALBERTO RUIZ MORENO, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Topas-Salamanca del Reino de España, por la comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co de Drogas, en agravio del Reino de España; Que, mediante Informe Nº 71-2009/COE-TC del 7 de julio de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Estando a lo dispuesto por el literal “c” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, el numeral 2) del artículo 540º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, y el Tratado entre la República del Perú y el Reino de España sobre “Transferencia de Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y Medidas de Seguridad Privativas de Libertad así como de Menores bajo Tratamiento Especial”, suscrito en Lima el 25 de febrero de 1986; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado activo del condenado de nacionalidad peruana CARLOS ALBERTO RUIZ MORENO, recluido en el Centro Penitenciario de Topas-Salamanca del Reino de España, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de España en el Perú, solicitud que fuera declarada procedente por la Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia RAFAEL REY REY Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 392482-23 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan representante del MIMDES ante la Mesa de Diálogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2009-MIMDES Lima, 01 de septiembre de 2009 Vista la Nota Nº 143-2009-MIMDES/JGA de fecha 26 de agosto de 2009 de la Jefa del Gabinete de Asesores;