NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (03/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 44
TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de setiembre de 2009 401914 Que, a través de la Hoja de Coordinación Interna Nº 1253-2009-ME/SPE-UP el Jefe de la Unidad de Presupuesto emite certifi cación presupuestaria para la ejecución de la obra en la Institución Educativa Nº 11017 “Nicolás La Torre Ugarte”, a favor de la Unidad Ejecutora 108, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, el Proyecto de Inversión Pública PIP 42919 “Sustitución de la Infraestructura y Equipamiento en la Institución Educativa Nº 11017 Nicolás La Torre García –Chiclayo-Chiclayo-Lambayeque”, ha sido declarado viable hasta por el monto de S/. 3,377,856 (Tres millones trescientos setenta y siete mil ochocientos cincuenta y seis y 00/100 nuevos soles); Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 041- 2009 de fecha 28 de marzo de 2009, se ha autorizado, excepcionalmente, a las entidades comprendidas en el alcance de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, a realizar la contratación de ejecución de obras cuyos proyectos están declarados viables en el Sistema Nacional de Inversión Pública y por su monto correspondan a una licitación pública, cuyo valor referencial no sea mayor a S/. 10’000,000.00 (Diez millones con 00/100 nuevos soles), mediante un proceso de selección más expeditivo, a utilizarse sólo durante el bienio 2009- 2010; Que, según la Primera disposición Complementaria y Final del Decreto de Urgencia Nº 041-2009 establece que la relación de las obras a ser ejecutadas siguiendo el procedimiento dispuesto en ese Decreto de Urgencia, será aprobada mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, a través del Memorando Nº 3447-2009-ME/ VMGI-OINFE, la Jefatura de la Ofi cina de Infraestructura Educativa considera pertinente acogerse a lo estipulado en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009 a fin de agilizar la ejecución de la obra en la citada institución educativa; y a través del Oficio Nº 1916-2009-ME/SG- OGA-UA el Jefe (e) de la Unidad de Abastecimiento solicita que se emita la resolución que incorpore esta contratación en los alcances del Decreto de Urgencia Nº 041-2009; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos formativos y difusión de normas legales de carácter general, se deben publicar obligatoriamente las resoluciones administrativas de interés general y observancia obligatoria cuando su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la administración pública, o su difusión permita establecer mecanismos de transparencia en la gestión pública, así como control y participación ciudadana; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510, el Decreto de Urgencia Nº 041-2009 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar que la obra en la Institución Educativa nro. 11017 Nicolás La Torre García, ubicada en el distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, se contrate conforme al proceso regulado en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009. Artículo 2º .- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 392309-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de Electrificación Rural, que será destinada a Comunidades Rurales beneficiarias del Programa Euro - Solar RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 377-2009-MEM/DM Lima, 1 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la República del Perú, debidamente representada por el Ministerio de Energía y Minas, suscribió el 17 de enero de 2007, el Convenio de Financiación ALA/2006/017- 223 con la Comunidad Europea, para la ejecución del Programa Euro – Solar en el Perú; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º del Convenio de Financiación ALA/2006/017-223, la Comunidad Europea se obliga a fi nanciar el Programa Euro – Solar, por un total de (€) 23 119 570,00 Euros (Veintitrés Millones Ciento Diecinueve Mil Quinientos Setenta y 00/100 Euros), en benefi cio de los países suscriptores del convenio; Que, mediante Carta de Donación HeR/VV (2009) 580 del 18 de mayo de 2009, la Delegación de la Comisión Europea en el Perú manifi esta su voluntad de donar bienes a la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, con la fi nalidad de ejecutar el Programa Euro – Solar destinado a generar energía eléctrica, mediante el aprovechamiento de energías renovables solar y eólica, en benefi cio de las comunidades rurales pertenecientes a las regiones de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Junín, Lambayeque, Piura, Puno y Tacna; Que, asimismo en la Carta antes citada, se establece que el valor total de la donación asciende a (€) 1 312 697,51 Euros (Un Millón Trescientos Doce Mil Seiscientos Noventa y Siete y 51/100 Euros) consistente en módulos fotovoltaicos, aerogeneradores, reguladores de carga, baterías, bancadas, ordenadores y accesorios, proyectores, equipo multifunción, teléfonos IP, neveras, tableros de control, sistemas de esterilización de agua, torre metálica, cargadores de baterías y pilas, conectores con cable de 4mm2 tipo hembra y macho, entre otros, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, el inciso k) del Artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, señala que no están gravados con el impuesto, la importación o transferencia de bienes que se efectúen a título gratuito, a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público, excepto empresas; así como a favor de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (EINEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional, inscritas en el registro correspondiente que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) del Ministerio de Relaciones Exteriores, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Estando a lo propuesto por el Director General de Electrifi cación Rural y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Vice Ministro de Energía; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 809 - Ley General de Aduanas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005- EF; la Ley Nº 28905 - Ley de Facilitación del Despacho de Mercancías Donadas provenientes del Exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2008-EF; el Decreto Supremo Nº 055-99-EF - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; el Decreto Supremo