NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (10/09/2009)
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TEXTO PAGINA: 58
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de setiembre de 2009 402312 Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modifi cada por Ley Nº 29298, y su nuevo reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009- EF, se establecen disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto municipal; Que, el artículo 17º de la ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes desarrollo y presupuestos; Que, el artículo 97º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales; Que, de acuerdo con el Instructivo Nº 002-2008- EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado por Resolución Directoral Nº 021- 2008-EF/76.01, que regula las fases del Proceso del Presupuesto Participativo 2010, la programación participativa es un instrumento técnico de gestión municipal, que permite establecer la visión, misión y objetivos del gobierno local, en cuyo contexto se precisan las prioridades de inversión a considerarse en el Presupuesto del año fi scal 2010; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante memorando Nº 307-2009-GPP/MDSM, presenta la propuesta de ordenanza que regula el proceso del presupuesto participativo para el año fi scal 2010, la misma que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 307-2009-GAJ/MDSM; Estando a lo expuesto, con el voto UNÁNIME de sus miembros y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por los artículos 20 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2010 EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2010 de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Consejo de Coordinación Local, Equipo Técnico, Comité de Vigilancia, agentes participantes y órganos competentes de la Municipalidad Distrital de San Miguel, el fi el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL PARA EL AÑO FISCAL 2010 TÍTULO I Finalidad, Ámbito de Aplicación, Alcance, Objetivos y Base Legal CAPÍTULO I Artículo 1º.- Finalidad. El presente reglamento regula las fases del proceso del presupuesto participativo 2010, en el distrito de San Miguel. Artículo 2º.- Ámbito. Se encuentra comprendido en la jurisdicción del distrito de San Miguel. Artículo 3º.- Alcance. El presente reglamento, es de cumplimiento obligatorio de quienes participen en el proceso del presupuesto participativo año fi scal 2010: el Alcalde, el Concejo Municipal, el Consejo de Coordinación Local, Agentes Participantes, Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo, Comité de Vigilancia, la sociedad civil organizada y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 4º.- Objetivos. El proceso del presupuesto participativo para el año fi scal 2010, tiene los siguientes objetivos: a) Contribuir al fortalecimiento de la democracia y gobernabilidad en el distrito. b) Comprometer a la sociedad civil en las acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la circunscripción. Crear conciencia sobre los derechos y obligaciones, y la responsabilidad compartida del gobierno local y las organizaciones sociales del distrito, a fi n de lograr el bienestar de la población sanmiguelina. c) Mejorar la calidad de gasto orientando los recursos escasos hacia los objetivos estratégicos de la circunscripción. d) Establecer la programación del presupuesto participativo para el año fi scal 2010, fi jando prioridades de inversión en el distrito, de acuerdo a la normatividad vigente. e) Fortalecer el seguimiento, control y vigilancia del resultado del proceso del presupuesto participativo año fi scal 2010. Artículo 5º.- Base Legal. • Constitución Política de Perú. • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y Modifi catorias. • Ley Nº 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. • Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Ley Nº 29298, Ley que modifi ca la Ley Marco de Presupuesto Participativo. • Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco de Presupuesto Participativo. • Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. • Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, que regula el proceso del presupuesto participativo vigente. DEFINICIONES: • Agentes Participantes.- Son quienes participan con voz y voto en las asambleas del presupuesto participativo. Está integrado por miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de la sociedad civil debidamente identifi cados y acreditados. • Comité de Vigilancia.- Ente encargado de supervisar el proceso del presupuesto participativo, elegido anualmente por los agentes participantes en la Asamblea del Presupuesto Participativo. • Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD).- Órgano de coordinación y concertación del distrito de San Miguel. Está conformado por el Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar su función en el primer Regidor, los Regidores y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, instituciones y cualquier otra forma de organización a nivel distrital. • Facilitadores.- Miembros del equipo técnico encargados de coordinar los talleres de trabajo y brindar las facilidades y la orientación indispensable a los agentes participantes en los talleres de trabajo temáticos. • Presupuesto Participativo.- Es el proceso a través el cual las autoridades locales y la población organizada concertan el destino y la prioridad de los recursos escasos, teniendo en cuenta los objetivos estratégicos de la circunscripción. • Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base, sean territoriales o temáticas así como a organismos e instituciones privadas dentro del ámbito local. • Talleres de Trabajo.- Capacitación que se brinda a los agentes participantes con el fi n de identifi car los