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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (10/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 63

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de setiembre de 2009 402311 Autorizan viaje de Regidor a EE.UU. para participar en la Conferencia de las Américas ACUERDO DE CONCEJO Nº 00048–2009-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 19 de agosto del 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO, por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha la carta remitida por el Florida International University, el Miami Herald y The World Bank recibida vía correo electrónico; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 9 inciso 11) establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el Florida International University, el Miami Herald y The World Bank comunican una invitación para el señor Alcalde, extensible a los señores Regidores para participar de la Conferencia de las Américas que se llevará a cabo del 29 al 30 de septiembre del 2009; Que, mediante Memorándum Nº 748-2009-MDSJM- GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2009, Ley Nº 29289, en su artículo 9º sobre austeridad, numeral 3 sobre bienes y servicios, están prohibidos los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos, con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios de relaciones exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212. Todos los viajes se realizan en categoría económica, lo cual expresamente señala que están exceptuados de esta prohibición los altos funcionarios a que se refi ere la Ley Nº 28212; Que, la Ley Nº 28212 que desarrolla el artículo 39º de la Constitución Política del Perú, en lo que se refi ere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios del Estado, señala en su artículo 2 sobre jerarquía de los altos funcionarios del Estado en el inciso k) Los Alcaldes y Regidores Distritales; Que, con Informe Nº 273-2009-SGPYR-GP-MDSJM de la Sub Gerencia de Presupuesto y Racionalización informa que en el Presupuesto Institucional 2009, se da la factibilidad presupuestaria de la Partida específi ca 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte y 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados por el importe de S/. 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) para el gasto solicitado; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias para viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en el artículo 8 los viáticos que se otorguen conforme a la escala citada en la propia norma será por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslados, cuando es a cualquier país de América y dos cuando el viaje se realice a otro continente; Que, la presencia en la Conferencia de las Américas a realizarse del 29 al 30 de setiembre del 2009 en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de Norteamérica, es de gran utilidad e importancia para esta Comuna, porque en ella se podrá concertar una serie de relaciones y contactos para establecer proyectos de hermanamiento de ciudades, apoyo interinstitucional, con los representantes municipales a nivel americano y la coordinación para establecer proyectos de cooperación Internacional con instituciones de toda América, cuyo marco de acción son los Gobiernos Locales, lo cual hace que este viaje salde con creces cualquier inversión que se haga para participar en el mismo; Estando al interés institucional, y los artículos 9º numeral 11) y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Con la aprobación MAYORITARIA de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad Miami, Estado de Florida - Estados Unidos de Norteamérica del 27 de setiembre al 4 de octubre del presente año para participar de la Conferencia de las Américas al señor Regidor Javier Adriazola Mendoza. Artículo 2º.- AUTORIZAR el egreso de S/. 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) los cuales cubrirán el viaje y la inscripción al evento, cargando el gasto en la Partida específi ca 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte y 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Institucional. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país el señor Regidor cuyo viaje se autoriza por el presente Acuerdo deberá presentar a la Municipalidad un informe por escrito y detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá, así mismo deberá presentar la rendición de cuentas en forma escrita de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- El presente Acuerdo no libera ni exonera del pago del impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- El presente Acuerdo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 394735-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 en el distrito ORDENANZA Nº 180-MDSM San Miguel, 27 de agosto de 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 195º concordante con el artículo 197º de la Constitución Política del Perú sanciona que los gobiernos locales promueven el desarrollo de la economía local y a su vez, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;