NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (10/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 63
TEXTO PAGINA: 61
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de setiembre de 2009 402315 d) Interferir con el normal desarrollo de la asamblea del proceso de presupuesto participativo. Segunda.- Las sanciones aplicables contra los infractores son: a) Llamada de atención. b) Suspensión de 15 minutos durante la asamblea. c) En los casos previstos en los literales c) y d) de la disposición transitoria precedente se cancelará la intervención del agente participante. En todos los casos las infracciones y sanciones se registrarán en las actas de la asamblea correspondiente. Tercera.- La inscripción para participar en el proceso del presupuesto participativo 2010 es gratuita. Cuarta.- Autorizar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las disposiciones que sean necesarias para modifi car, precisar o desarrollar el presente reglamento, así como todo lo no previsto en el mismo. 394313-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Incorporan al Consejo Educativo Municipal en la Estructura Orgánica Municipal y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 222-MDS Surquillo, 10 de agosto de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando al Informe Nº 024-2009-ST/CEM- MDS del 22 de julio de 2009 del Secretario Técnico del Consejo Educativo Municipal y Gerente de Desarrollo Social y de Juventudes, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 044-2009, el Decreto Supremo Nº 130-2009-EF y la Resolución Ministerial Nº 0088-2009- ED, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 3) y el artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA INCORPORA AL CONSEJO EDUCATIVO MUNICIPAL EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA MUNICIPAL Y EN EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Artículo 1º.- INCORPÓRESE al Consejo Educativo Municipal como órgano de coordinación de la Alcaldía en la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Surquillo aprobada por la Ordenanza Nº 165-MDS. Artículo 2º.- INCORPÓRESE el artículo 53ºA en el Reglamento de Organización y Funciones –ROF- de la Municipalidad Distrital de Surquillo aprobado por la Ordenanza Nº 167-MDS con el siguiente texto: “Artículo 53ºA.- El Consejo Educativo Municipal es el máximo órgano de consultivo y de coordinación educativa de Surquillo y está integrado por el Alcalde y los Presidentes de los Consejos Educativos Institucionales de las Instituciones Educativas transferidas a la Municipalidad de Surquillo. Se rige de acuerdo a sus propias normas determinadas por el Gobierno Central, sobre la base del Decreto Supremo Nº 078-2006-PCM así como aquellas que el Ministerio de Educación y la propia Municipalidad determine.” Artículo 3º.- INCORPÓRENSE los literales q) a w) en el artículo 133º del Reglamento de Organización y Funciones –ROF- de la Municipalidad Distrital de Surquillo aprobado por la Ordenanza Nº 167-MDS con los siguientes textos: Artículo 133º.- Son funciones de la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes: (…) q) Asumir la Secretaria Técnica del Consejo Educativo Municipal, con las funciones que señala la ley. r) Operativizar los lineamientos de política del CEM, a través de la implementación de las acciones de gestión educativa en el ámbito distrital: gestión pedagógica, institucional y administrativa. s) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo de la gestión educativa municipalizada, enmarcado en el proyecto educativo local. t) Coordinar con las Instituciones Educativas con el objeto de ejecutar los programas de capacitación y asistencia técnica requeridos. u) Apoyar a la Alcaldía en el cumplimiento de sus atribuciones referidas al proceso de municipalización de la gestión educativa en el distrito. v) Administrar los programas y proyectos relacionados con la educación en todo nivel, aptitud vocacional, alfabetización, vacaciones útiles y promoción del empleo. w) Participar en programas de educación efectuados por Organismos Públicos o Privados a favor de los pobladores del distrito. Artículo 4º.- Deróguense los literales b), j) y o) del artículo 138º de Reglamento de Organización y Funciones –ROF- de la Municipalidad Distrital de Surquillo aprobado por la Ordenanza Nº 167-MDS, vinculados a la funciones de la Sub Gerencia de Juventudes, Educación y Deportes. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 394421-1 Constituyen el Programa de Municipios y Comunidades Saludables en el ámbito del distrito ORDENANZA Nº 224-MDS Surquillo, 31 de agosto de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, el artículo II del Título Preliminar y el artículo 80º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y a la luz de la Primera Conferencia Internacional de Promoción de la Salud en