NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (10/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de setiembre de 2009 402313 problemas y potencialidades del distrito, así como también proponer las acciones que permitan resolverlos. TÍTULO II Atribuciones y responsabilidades de los actores del presupuesto participativo CAPÍTULO II Artículo 6º.- El Alcalde. Es responsable de: a) Convocar a reuniones previas al Consejo de Coordinación Local, a fi n de articular y armonizar la programación de las actividades del proceso. b) Establecer el monto máximo de la asignación presupuestaria destinada al presupuesto participativo. c) Proponer el listado de proyectos a debatir en la asamblea deliberativa. d) Disponer que los funcionarios responsables de los servicios públicos participen obligatoriamente en el proceso de presupuesto participativo. e) Participar en las diferentes fases del proceso e informar a los agentes participantes y el comité de vigilancia los acuerdos que se hayan venido adoptando a lo largo del proceso. f) Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso del presupuesto participativo. g) Disponer la evaluación técnica de los proyectos identifi cados para su priorización en los talleres del presupuesto participativo. Artículo 7º.- Concejo Municipal. Es responsable de: a) Aprobar las políticas, instrumentos y normas que requiera el proceso del presupuesto participativo. b) Tomar en cuenta en la aprobación y modifi cación del presupuesto municipal, las prioridades de inversión, identifi cadas en el proceso del presupuesto participativo. c) Fiscalizar el desarrollo del proceso del presupuesto participativo y el cumplimiento de los acuerdos establecidos en la asamblea participativa. d) Formalizar en sesión de Concejo, los acuerdos de la asamblea participativa y el resumen ejecutivo del proceso del presupuesto participativo. e) Realizar el seguimiento de la entrega de información para el desarrollo de las labores del Comité de Vigilancia. Artículo 8º.- Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD. Es responsable de: a) Participar y promover activamente el desarrollo del proceso del presupuesto participativo. b) Coordinar y concertar el proyecto del Plan de Desarrollo Concertado y presupuesto participativo. c) Participar y promover activamente en el proceso del presupuesto participativo y asistir a las convocatorias que realice el Alcalde. d) Coordinar con el Comité de Vigilancia el cumplimiento de los acuerdos establecidos en las asambleas del presupuesto participativo. e) Proponer la elaboración de proyectos de inversión social. f) Proponer convenios de cooperación distrital para la prestación de servicios públicos. g) Promover la formación de fondos de inversión como estímulo a la inversión privada en apoyo al desarrollo económico local sostenible. h) Verifi car que los acuerdos de las asambleas del proceso del presupuesto participativo se sujete a los objetivos estratégicos de la circunscripción. Artículo 9º.- Los Agentes Participantes. Son responsables de: a) Asistir obligatoriamente a los talleres y asambleas correspondientes. b) Participar con voz y voto en la discusión y toma de decisiones del proceso del presupuesto participativo. c) Participar en la identifi cación de los problemas en el distrito y plantear alternativas de solución, a través del planteamiento de proyectos de inversión de impacto local cuyo alcance comprenda al mayor número de benefi ciarios según la fi cha de proyectos respectiva. d) Respetar los acuerdos de las asambleas del presupuesto participativo asimismo, fi rmar las actas de las asambleas informativas y deliberativas. e) Sensibilizar a la población sobre la correspondencia entre el esfuerzo fi scal de los vecinos y las intervenciones de la entidad. f) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. g) Cofi nanciar la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos fi nancieros y/o mano de obra. Artículo 10º.- Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo. Es responsable de: a) Brindar apoyo en la organización y desarrollo del proceso del presupuesto participativo. b) Capacitar a los agentes participantes sobre el proceso del presupuesto participativo, y dotar a los participantes de información actualizada y relevante para la toma de decisiones. c) Preparar la información para los talleres de trabajo y la formalización de acuerdos. d) Evaluar las propuestas y proyectos de inversión acordados en las asambleas participativas, según los parámetros del sistema de inversión pública. e) Informar a los agentes participantes la asignación presupuestaria disponible para el proceso. f) Sistematizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos que se requieran. g) Elaborar el resumen ejecutivo del proceso del presupuesto participativo para el año fi scal 2010. El Equipo Técnico está conformado por los siguientes: • Gerente Municipal (quien lo preside) • Gerente de Planeamiento y Presupuesto (Secretario Técnico) • Gerente Desarrollo Urbano (Facilitador) • Gerente de Seguridad Ciudadana (Facilitador) • Gerente de Participación Vecinal y Prom. Social (Facilitador) • Gerente de Servicio a la Ciudad y Medio Ambiente (Facilitador) • Gerente de Desarrollo Humano (Facilitador) • Un representante del Consejo de Coordinación Local (Coordinador) • Un representante de la sociedad civil (Coordinador) Artículo 11º.- Comité de Vigilancia. Es responsable: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del presupuesto participativo y la ejecución de los proyectos priorizados. b) Informar al Concejo Municipal y al Consejo de Coordinación Local, en caso de incumplimiento de los acuerdos establecidos en la Asamblea de Proceso del Presupuesto Participativo 2010. Artículo 12º.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Es responsable de: a) Participar como secretario del Equipo Técnico. b) Preparar la información necesaria para el desarrollo del proceso de presupuesto participativo. c) Verifi car que los proyectos propuestos correspondan a la competencia de la Municipalidad Distrital de San Miguel. d) Incorporar en el Presupuesto Institucional de Apertura los proyectos priorizados en la asamblea del presupuesto participativo.