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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de setiembre de 2009 402514 su competencia y rige su accionar conforme a las leyes y normas que, con arreglo a la Constitución, regulan el funcionamiento y actividades del sector público nacional y procede de acuerdo con las normas técnicas referidas a los servicios, bienes públicos y sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza, son de naturaleza y cumplimiento obligatorio, tal como lo establece el Art. VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Municipalidad, como Gobierno promotor del desarrollo local, tiene por fi nalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción geográfi ca y se traza como objetivos, organizar, planifi car, ejecutar, controlar y evaluar, a través de los órganos competentes, el conjunto de acciones que contribuyan a proporcionar a los ciudadanos y las ciudadanas, el ambiente adecuado para la satisfacción de sus necesidades básicas de vivienda, salubridad, educación, recreación, ambiente saludable y seguridad; Que, para alcanzar sus altas fi nalidades, lograr los objetivos y cumplir sus metas, la Municipalidad debe dotarse de una organización moderna, acorde con lo más avanzado de la ciencias de la administración , promoviendo la participación de la ciudadanía en las actividades, proyectos, programas y planes de desarrollo urbano y rural, con un enfoque integral, por lo que, acorde con lo establecido en el artículo 26°, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, debe adoptar una estructura gerencial, sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; encuadrando su accionar bajo los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi ciencia, efi cacia, participación y velando por la seguridad ciudadana; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, aprobación que debe darse mediante Ordenanza, que es la norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, como lo establece el Art. 40º de la Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 3 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la nueva Estructura Orgánica y de la Municipalidad de Chilca, que consta de cinco (5) Títulos, Noventiun (91) artículos y cinco (05) disposiciones complementarias y fi nales, que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del Acta a fi n de que la presente Ordenanza, entre en vigencia de inmediato. Artículo 3º.- ORDENAR que el ROF de la Municipalidad Distrital de Chilca, merezca la más amplia difusión entre las instituciones y la población organizada del distrito. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, que adopte las medidas necesarias para la implementación de las disposiciones contenidas en el documento de gestión que se aprueba con la presente Ordenanza. Artículo 5º.- DISPONER la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y del Texto integro del Reglamento en el Portal de la Municipalidad Distrital de Chilca www.munichilca.gob.pe. Dado en el Palacio Municipal de Chilca, provincia de Cañete, Región Lima, a los 26 días del mes de agosto del año 2009. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PABLO NALDA QUIROZ Alcalde 396173-1 Aprueban Reglamento de Aplicación y Sanciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 010-2009/MDCH Chilca, 26 de agosto del 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE CHILCA Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo, de la fecha el Informe Nº 004-2009-GM/MDCH de la Gerencia Municipal elevando el Proyecto de Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Chilca, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; por otro lado, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; asimismo, crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, el párrafo segundo del Artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de las multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, se determina que es el Concejo Municipal quien aprueba y modifi ca la escala de multas respectivas; Que, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; a través de ordenanzas se determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias o medidas complementarias; Que, siendo política de la actual gestión promover que los administrados logren el cambio voluntario y adecuen sus conductas, que puedan tipifi carse como infracciones, al cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas; asimismo, cumplan con formalizar sus actividades, sobre las cuales los Gobiernos Locales tienen competencia de regulación y control, conforme a Ley; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite y aprobación del Acta, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, aprobó por Mayoría, la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Aplicación y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Chilca. Artículo Segundo.- APROBAR, el Anexo Nº 01: Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, el mismo que forma parte integrante del Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, indefectiblemente, al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPONER la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y del Texto Integro del Reglamento y del Anexo Nº 01 que forma parte integrante del mismo en el Portal de la Municipalidad Distrital de Chilca www.munichilca.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PABLO NALDA QUIROZ Alcalde 396173-2