NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de setiembre de 2009 402502 309-2009-CONAFU de la Sesión del Pleno del CONAFU de fecha 24 de julio de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Elaborar la reglamentación que señale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorización provisional o defi nitiva de funcionamiento y para la evaluación de las Universidades y Escuelas de Posgrado con autorización provisional”; en concordancia con el artículo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006- CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, que expresamente señala: “Son atribuciones del CONAFU:.. k) Elaborar y Aprobar el Reglamento General y los Reglamentos específi cos que señalen los procedimientos, requisitos y plazas de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones”; Que, en el artículo 4º del referido Estatuto, se establece que: “Son fi nes del CONAFU: a) Promover una educación universitaria de calidad, en concordancia con los fi nes de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente. b) Desarrollar en el país una cultura de evaluación institucional orientada a la acreditación universitaria. c) Certifi car el cumplimiento de las condiciones establecidas por el artículo 7º de la Ley 26439 - Ley de Creación del CONAFU, para otorgar la autorización de funcionamiento provisional de una Universidad o de una Escuela de Posgrado”; Que, por Resolución Nº 534-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2009, se resuelve aprobar el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado No Pertenecientes a Universidades, que consta de cinco (V) Títulos, y cuarenta y dos (42) Artículos; Que, por Resolución Nº 204-2009-CONAFU de fecha 22 de mayo de 2009, se resuelve aprobar las Tablas para la Califi cación de los Proyectos de Desarrollo Institucional de las Escuelas de Posgrado no pertenecientes a Universidades que se encuentren bajo competencia del CONAFU; Que, en la actualidad, se hace necesaria la existencia de un nuevo kit que contenga toda la información actualizada y necesaria para la correcta elaboración y presentación de Proyectos de creación de nuevas Universidades y Escuelas de Posgrado; Que, en sesión de fecha 24 de julio de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 309-2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: 1) Aprobar el Kit que contendrá toda la información para la proyección, creación y presentación para la obtención de funcionamiento de nuevas Universidades que serán evaluadas por el CONAFU. 2) Aprobar el Kit que contendrá toda la información para la proyección, creación y presentación para la obtención de funcionamiento de nuevas Escuelas de Posgrado que serán evaluadas por el CONAFU; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Kit que contendrá toda la información para la proyección, creación y presentación para la obtención de funcionamiento de nuevas Universidades que serán evaluadas por el CONAFU. Artículo Segundo.- APROBAR el Kit que contendrá toda la información para la proyección, creación y presentación para la obtención de funcionamiento de nuevas Escuelas de Posgrado que serán evaluadas por el CONAFU. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente MARIBEL URSULA TIÓ FERNÁNDEZ Secretaria General 396250-1 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionaria a Brasil para participar en el III BIS/BCB Americas Meeting on Risk for Reserve Managers RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 043-2009-BCRP Lima, 10 de setiembre de 2009. CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS) para participar en el III BIS/BCB Americas Meeting on Risk for Reserve Managers, que se llevará a cabo en la ciudad de Brasilia, Brasil, del 16 al 18 de setiembre; Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la fi nalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones está la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida función, la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos propender a la óptima administración de las reservas internacionales del país, velar por la oportuna y correcta ejecución de las inversiones en el contexto del mercado internacional y fortalecer los vínculos con organismos e instituciones del exterior; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 3 de setiembre 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior de la señorita Lucero Ruiz Palomino, Especialista en Investigación de Portafolios de Inversión del Departamento de Políticas de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales, a la ciudad de Brasilia, Brasil, del 15 al 18 de setiembre y al pago de los gastos, a fi n de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1 025,91 Viáticos US$ 675,00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 31,00 ------------------ TOTAL US$ 1731,91 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. CARLOS RAFFO DASSO Vicepresidente 396218-1 CONTRALORIA GENERAL Autorizan viaje de profesionales para participar en eventos a realizarse en Colombia y Ecuador RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 111-2009-CG Lima, 11 de setiembre de 2009 VISTOS: El Ofi cio N° 80110-312 suscrito por los representantes de la Contraloría General de la República de Colombia, la organización EUROsociaAL e InWEnt, así como la Hoja Informativa N° 00030-2009-CG/CT de la Gerencia de Cooperación Técnica;