Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de setiembre de 2009 402513 Quinta.- FACÚLTESE A LA GERENCIA DE TRANSPORTE, Tránsito y Seguridad Vial adoptar acciones de registro vehicular y actualización de datos. Sexta.- PARA EFECTOS de otorgamiento de la Licencia de Conducir, previamente se requerirá la acreditación de haber aprobado el curso de Educación y Seguridad Vial, disposición que entrará en vigencia en el plazo de 60 (sesenta) días calendario de publicada la presente Ordenanza. Sétima.- TÉNGASE como derechos de pago para la presente Ordenanza, los establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente. Octava.- MODIFÍQUESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en los siguientes procedimientos: 11.24, requisito 26.2, numeral 3, procedimiento 11.24 requisito 26.3 numeral 3, Procedimiento 11.25, requisito 27, numeral 1, en el extremo de suprimir el término Ordenanza Nº 010-2007 MPH, considerando que sólo debe estar referido a la Ordenanza vigente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO que los menores de edad presten el servicio especial de pasajeros en la provincia de Huaral según el D.S. Nº 040 -2008 – MTC , con excepción a lo establecido en el D.S. 001-2009-MTC “Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre”. Segunda.- QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO la Detención y el Estacionamiento de Vehículos Menores en las Calles que comprenden el Perímetro de la Plaza de Armas de Huaral. Tercera.- La Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial remitirá al Transportador Autorizado cada 15 días, la Relación de las Papeletas Impuestas a sus Asociados. Cuarta.- DISPONER la publicación de la Tabla de Infracciones y Sanciones en materia de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en la provincia de Huaral -que forma parte integrante, como Anexo, de la presente Ordenanza- en la página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe). Quinta.- DERÓGUESE toda Norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 396385-1 Modifican el Cronograma de Pago de los Arbitrios Municipales 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2009-MPH Huaral, 25 de agosto del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Técnico Nº 020-2009-GAT/MPH recibido en fecha 20 de Agosto del 2009, a través del cual la Gerencia de Administración Tributaria propone se modifi que el cronograma de vencimiento de los Arbitrios Municipales 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por medio de la Ordenanza Nº 019-2008-MPH de fecha 18 de diciembre del 2008, se aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Áreas Verdes y Serenazgo 2009; asimismo, la primera disposición transitoria y fi nal faculta al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación. Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 019- 2009-MPH de fecha 26 de junio del 2009 se modifi có el Cronograma de Pago de los Arbitrios Municipales 2009; encargando a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, y la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización, Sistemas y Cooperación Internacional la ejecución del mismo. Que, a través del Informe Técnico de Visto, la Gerencia de Administración Tributaria señala que se hace necesaria la promulgación del Decreto de Alcaldía que modifi que el cronograma de vencimiento de los Arbitrios Municipales 2009, en razón que aún no se han identifi cado los Códigos Catastrales signados como ZZZ, motivo por el cual aún se tiene pendiente la emisión de los Arbitrios Municipales 2009. Que, con Proveído Nº 736-2009-MPH-GM inserto en Documento de Visto, la Gerencia Municipal remite el Informe a Secretaría General a fi n que emita el Decreto correspondiente. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de las atribuciones en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Cronograma de Pago de los Arbitrios Municipales 2009; estableciéndose las siguientes fechas de pago: Enero, Febrero y Marzo : Vence 30 de Setiembre del 2009. Abril, Mayo y Junio : Vence 30 de Octubre del 2009. Julio, Agosto y Septiembre : Vence 30 de Noviembre del 2009. Octubre, Noviembre y Diciembre : Vence 28 de Diciembre del 2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, y la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización, Sistemas y Cooperación Internacional el cumplimiento del presente Decreto, a Secretaría General su publicación y a Imagen Institucional su respectiva difusión. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, que el presente Decreto sea publicado en la página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 396395-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones y la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad ORDENANZA N° 009-2009/MDCH EL CONCEJO DISTRITAL DE CHILCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de la fecha, el Informe Nº 003-2009-GM/MDCH de la Gerencia Municipal proponiendo el Reglamento de Organización y Funciones y la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Chilca, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Chilca es un órgano de gobierno local que, conforme al mandato del Art. 194º de la Constitución Política del Perú, goza de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de