Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2009 (13/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de setiembre de 2009

de la Gerencia de Cooperacion Tecnica, a la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador, del 15 al 19 de setiembre del presente ano, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue la comision de servicios por concepto de: pasajes US$ 590,40, viaticos US$ 800,00 (16 al 18 de setiembre y un dia de instalacion) y tarifa CORPAC US$ 31,00, seran asumidos con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloria General. Articulo Tercero.- El citado profesional presentara a la Alta Direccion un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Contraloria General de la Republica del Peru, con MORDAZA a la Gerencia de Cooperacion Tecnica, asi como un ejemplar de los materiales tecnicos obtenidos, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de concluida la comision de servicios. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 396839-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican derechos correspondientes a procedimientos y servicios administrativos de edificaciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 336 MORDAZA, 4 de septiembre de 2009 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 03 de setiembre del 2009, el Informe N° 004-181-00000017 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, emite opinion tecnica y legal con relacion a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza N° 273-MSI modificada por la Ordenanza N° 274-MSI, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos de edificaciones, asi como modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Isidro. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, estas deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion. Que, en el caso de la Provincia de MORDAZA, a traves del Edicto N° 227 se otorgo al Servicio de Administracion Tributaria, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, en esa misma linea y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de MORDAZA deberan formular sus solicitudes de ratificacion ante el Servicio de Administracion Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza N° 727, la cual precisa que la MORDAZA de las solicitudes de ratificacion de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA)

deberan de efectuarse hasta el ultimo dia habil del mes de junio. Que en el presente caso, si bien la Municipalidad Distrital de San MORDAZA no formulo su solicitud dentro de los plazos MORDAZA mencionados, en atencion a su facultad reconocida en el articulo 3° de la Ordenanza N° 727, la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion, autorizo el ingreso extemporaneo de la solicitud de ratificacion de dicho municipio, lo cual se materializo mediante Oficio N° 3060-2008-MML/SGC del 15 de diciembre del 2008; por el cual se remitio la solicitud de ratificacion de la Ordenanza N° 252-MSI, que aprueba los derechos de tramite por los procedimientos de Edificaciones (Obras Privadas), que presentaron, siendo esta materia de observaciones tecnicas y legales por parte del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, las cuales fueron absueltas mediante Oficio N° 270-20090600-SG/MSI de fecha 13 de MORDAZA del 2009, remitiendo la Ordenanza N° 263-MSI que modifica la Ordenanza inicialmente enviada para ratificacion; posterior a ello, en atencion a otros requerimientos formulados por el Servicio de Administracion Tributaria, a traves de los Oficios Nos. 0403-2009-0600-SG/MSI y 0498-2009-0600SG/MSI del 06 de MORDAZA y 21 de agosto del presente ano, respectivamente, el Municipio de San MORDAZA, procede al envio de las Ordenanzas Nos. 273-MSI y 274-MSI, que deroga las normas inicialmente enviadas para ratificar, asi como informacion sustentatoria correspondiente. Que, el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT ha procedido a la evaluacion legal y tecnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza N° 607, la Directiva N° 001-006-00000001, a traves de las cuales se establecio el procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de MORDAZA, asi como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de tramite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del SAT, el Informe Tecnico Legal N° 004-081-00000017 de fecha 24 de agosto del 2009 Que, teniendo en cuenta que en la actualidad existe un Dictamen favorable de la Comision de Vivienda y Construccion del Congreso de la Republica respecto de diversos proyectos de ley que plantean una modificacion de los topes para el establecimiento de derechos de tramite por diversos procedimientos y servicios previstos en los articulos Nos. 31° y 32° de la Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones; queda a salvo el derecho de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, una vez aprobada la iniciativa, de reajustar los derechos de tramite de los procedimientos y servicios respectivos hasta el limite de los costos que sustentan la Ordenanza N° 273-MSI, modificada por la Ordenanza N° 274-MSI, materia del presente pronunciamiento, de ser el caso, para lo cual debera tenerse en cuenta la normatividad vigente a la fecha; sin que para ello sea necesario se formule solicitud de ratificacion alguna para materializar dicha modificacion. Que, de la evaluacion tecnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, piensa percibir, producto de la aplicacion de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos listados en el Anexo N° 1 del Informe del Servicio de Administracion Tributaria, financiaran el 85.95% de los costos por la prestacion de los mismos, la diferencia de los costos debera ser cubierta por la Municipalidad Distrital.
Costo Proyectado Ingreso Proyectado (S/.) (S/.) 2,555,131.46 2,196,051.60 2,555,131.46 2,196,051.60

Procedimientos y servicios administrativos: 28 Derechos: 40 Total

De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen N° 200-2009-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar los 40 derechos correspondientes a un total de 28 procedimientos y servicios administrativos de edificaciones (Obras Privadas), que han

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