Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2009 (13/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza N° 273-MSI, modificada por la Ordenanza N° 274-MSI de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que aparecen detallados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004-181-00000017 del Servicio de Administracion Tributaria. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion y de las Ordenanzas N°s. 273-MSI y 274MSI; asi como de la MORDAZA version del Anexo que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha Comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Isidro. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2° de la Ordenanza N° 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 395604-1

encuentra conveniente y de manera excepcional otorgar la exoneracion parcial y/o total de las Multas Tributarias que se han sido determinadas por el incumplimiento en la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Actualizacion de Datos exigida en el ejercicio 2008, conforme lo preve el Art. 41 del precitado cuerpo legal; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus deudas pendientes por concepto de tributos Municipales, e incentivar a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion del acta y por unanimidad, el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 324-CDLO QUE ESTABLECE LA EXONERACION DE PAGO DE LA MULTA TRIBUTARIA POR LA NO MORDAZA DEL FORMATO DE ACTUALIZACION DE DATOS (FAD) Articulo Primero.- OTORGAR la EXONERACION TOTAL por el pago de la Multa Tributaria determinada y notificada por el incumplimiento de MORDAZA de la Declaracion Jurada de Actualizacion de datos (FAD) hasta el 31 de Diciembre del 2009, para aquellos contribuyentes que en forma voluntaria cumplan con cancelar la deuda tributaria vencidas al contado y/o suscriban Convenio de Fraccionamiento por las mismas hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud de exoneracion de la multa tributaria. El presente incentivo no inhibe la obligatoriedad del contribuyente de cumplir con la formalidad de la MORDAZA de la referida declaracion jurada de actualizacion de datos al momento de realizar la cancelacion de su deuda o la suscripcion del convenio de fraccionamiento tributario de la misma. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FISCALIZACION y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUB GERENCIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE TICs, su debida implementacion en el sistema informatico, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 396665-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Establecen exoneracion de pago de la multa tributaria por la no MORDAZA del Formato de Actualizacion de Datos (FAD)
ORDENANZA N° 324-CDLO Los MORDAZA, 20 de agosto de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS: VISTO: El Dictamen Nº 18-2009-MDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo Nº 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo Nº 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Decreto Legislativo N° 969-2007 publicado con fecha 24 de Diciembre del 2006 en el Diario Oficial El Peruano, se modifica el TUO del codigo tributario en su Art. 33 indicandose (...) Los interes moratorios se aplicaran diariamente desde el dia siguiente a la fecha de vencimiento hasta fecha de pago inclusive, multiplicando el monto del tributo impago por la TIM diaria vigente. Que, con Ordenanza Municipal Nº 289-CDLO la Municipalidad establecio la obligatoriedad de la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Actualizacion de datos (FAD) hasta el dia 31 de marzo del ejercicio 2008, estableciendose a la vez sanciones por el incumplimiento de la MORDAZA de la referida declaracion jurada. Que, atendiendo al interes publico la Municipalidad de acuerdo a la MORDAZA IV del Codigo Tributario,

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Declaran zonas rigidas en vias y plazas del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 198/ML Lurin, 27 de agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin, visto en Sesion Ordinaria de fecha 19.08.09, el Informe Nº 10122008-GDU/ML de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Dictamen Nº 008-2009 de la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA referidos al proyecto de Ordenanza Municipal que declara Zonas Rigidas Vias y Plazas del Distrito de Lurin.

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