Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2009 (13/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
ORDENANZA Nº 274-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA

402507

Comision de Desarrollo MORDAZA, Obras y Servicios Municipales; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, con fecha 29 de junio del 2009 aprueba la Ordenanza Nº 238-MSI que actualiza el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) para la Municipalidad de San Isidro; Que, con la entrada en vigencia de la Ley 29090 ­ Ley de Regularizacion de Habilitaciones y Edificaciones, la Municipalidad de San MORDAZA aprobo dentro del plazo de establecido mediante Ordenanza Nº 252-MSI publicada el 03 de diciembre de 2008, los procedimientos del modulo de Obras Privadas adecuandolo a dicha ley; asi como la aprobacion de procedimientos del modulo de Catastro Integral y modulo de Fiscalizacion; la misma que fue modificada por la Ordenanza Nº 263-MSI del 03 de MORDAZA del 2009, en lo relacionado al Modulo de Obras Privadas; Que, mediante Oficio Nº 004-090-00005644 de fecha 19 de Junio del 2009, el Servicio de Administracion Tributaria remitio con Requerimiento Nº 004-07800000490 las observaciones de caracter tecnico legal y tecnico, siendo necesario realizar modificaciones a los procedimientos que fueron aprobados con la Ordenanza Nº 263-MSI; Que, el Articulo Nº 38º de la Ley 27444 establece que toda modificacion que implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos debe ser aprobado con una MORDAZA del rango equivalente; Que, en virtud de lo expuesto es necesario modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativo - MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA, con la finalidad de adecuarlo a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29090 que han sido elaborados tomando en consideracion los criterios que establece el Servicio de Administracion Tributaria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la modificacion de los procedimientos del Modulo 6 de Obras Privadas .del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro. Articulo Segundo.- Aprobar los 30 procedimientos, requisitos y derechos de tramitacion del modulo de Obras Privadas del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San MORDAZA contenidos en el Anexo 01 de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 263-MSI del 01.Abr.09, que modifica la Ordenanza Nº 252-MSI. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo del Concejo Metropolitano que apruebe su ratificacion, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 395606-1

Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 19 de agosto de 2009, los Dictamenes Nº 47-2009-CAJ-LS/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos, Laborales y Sociales, Nº 021-2009-ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas, Sistemas y Fiscalizacion y Nº 004-2009-CDDU-OSM/MSI de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Obras y Servicios Municipales; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, mediante Oficio Nº 004-090-00005644 del 19 de junio de 2009, el Servicio de Administracion Tributaria remitio el Requerimiento Nº 004-078-00000490 conteniendo las observaciones de caracter tecnico-legal a la Ordenanza Nº 263-MSI que aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos para la Municipalidad de San MORDAZA, respecto a la adecuacion de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; Que, con la Ordenanza Nº 273-MSI del 03 de MORDAZA de 2009, se subsanaron las observaciones contenidas en el Oficio Nº 004-090-00005644, no obstante el 07 de agosto de 2009, el SAT emitio el Oficio Nº 004-09000006060 senalando que la citada Ordenanza si bien absolvio las observaciones contenidas en el Oficio Nº 004090-00005644, se verifico que existen procedimientos administrativos cuyos derechos de tramite superan el valor de una (1) UIT, lo cual supone que en el presente caso, resulta de aplicacion lo establecido en el numeral 45.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General respecto a la exigibilidad de contar con un Regimen de Excepcion en forma previa al establecimiento de derechos de tramite por encima de ese monto; Que, mediante Memorandum Nº 0220-2009-0500GPPDC/MSI del 10 de agosto de 2009, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo remitio a la Gerencia de Asesoria Juridica el Oficio Nº 004-090-00006060 del 07 de agosto de 2009, para la opinion respectiva, precisando que los derechos de tramite aprobados en la Ordenanza N 273- MSI respecto al procedimiento Nº 06.05 (Modalidad C con evaluacion previa por Comision Tecnica desde 2501-4500 m2, 45018500 m2, y mas de 8500 m2), y procedimientos Nº 06.07 y 06.12, han sido determinados en funcion al importe del costo que su ejecucion genera para la entidad por el servicio prestado durante toda su tramitacion, lo cual se encuentra debidamente sustentando de acuerdo a la estructura de costos de cada procedimiento administrativo aprobado; Que, con Informe Nº 0944-2009-0400-GAJ/MSI del 12 de agosto de 2009, la Gerencia de Asesoria Juridica considera que para la aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 31º de la Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones que establece que "...En ningun caso el valor total de la licencia de edificacion excedera de 100 UIT..." se debe tener en cuenta lo dispuesto en el numeral 45.1 de la Ley Nº 27444, por lo que, opina por la formulacion de una ordenanza que modifique los derechos de tramite establecidos en los procedimientos administrativos observados por el SAT, reduciendolos hasta el monto MORDAZA de una UIT a fin de subsanar las observaciones contenidas en el Oficio Nº 004-090-00006060, ello sin perjuicio del inicio del tramite respectivo orientado a la obtencion del Regimen de Excepcion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente:

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