NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/09/2009)
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TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de setiembre de 2009 402508 ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro aprobado por la Ordenanza Nº 273-MSI correspondiente al Módulo “Obras Privadas” de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, respecto a los procedimientos administrativos que se detallan a continuación y que forman parte del Anexo 01, estableciendo como límite de derecho de trámite una UIT: Denominación del Procedimiento Derecho de Trámite % UIT 2009 06.05 Licencia de edifi cación Modalidad C con evaluación previa por Comisión Técnica – desde 2501 – 4500 m2. S/. 3,550.00 100% UIT 06.05 Licencia de edifi cación Modalidad C con evaluación previa por Comisión Técnica – desde 4501 – 8500 m2. S/. 3,550.00 100% UIT 06.05 Licencia de edifi cación Modalidad C con evaluación previa por Comisión Técnica – más de 8500 m2. S/. 3,550.00 100% UIT 06.07 Licencia de edifi cación - Modalidad D S/. 3,550.00 100% UIT 06.12 Modifi cación de licencia edifi cación - Modalidad D S/. 3,550.00 100% UIT Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo el inicio de las acciones administrativas para la aprobación de un Régimen de Excepción que autorice a la Corporación el cobro por derechos de trámite mayores al valor de una UIT para los procedimientos administrativos que se detallan en el Artículo 1º de la presenta ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo del Concejo Metropolitano que apruebe su ratifi cación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil nueve. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 395606-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Regulan el transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2009-MPH Huaral, 31 de agosto del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que regula el transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito de Huaral; y, CONSIDERANDO; Que, con la expedición de la presente norma se pretende dotar a la Municipalidad Provincial de Huaral de un nuevo marco normativo para regular el transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito de Huaral que implica la adopción e implementación de medidas que contribuyan a la fl uidez del tránsito vehicular, el normal desplazamiento de los peatones, brindar protección y seguridad de las personas, los usuarios del transporte y del tránsito terrestre, así como la protección del medio ambiente y el resguardo de la infraestructura vial, disponiendo infracciones y sanciones a quienes las infrinjan, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores. Que, mediante Memorándum Nº 177-2009-MPH/ GTTSV, la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial eleva el Proyecto de Ordenanza que regula el transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito de Huaral; asimismo, con Informe Nº 237-2009-MPH-OAJ/ CECCH, la Ofi cina de Asesoría Jurídica manifi esta que según lo dispuesto por el Artículo 195º, Numeral 4, 5 y 8 de la Constitución Política del Perú, es atribución de las Municipalidades regular el transporte colectivo, la circulación y el tránsito dentro del ámbito jurisdiccional, concordante con el Artículo 81º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades para regular en materia de tránsito, viabilidad y transporte público; concluyendo que es procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza. Que, a través del Informe Nº 152-2009-MPH-GM, la Gerencia Municipal señala que de acuerdo al Artículo 40º de la Ley Nº 27972, y en estricta aplicación de la atribución contemplada en el Numeral 8 del Artículo 9º del mismo cuerpo legal, le corresponde aprobar Ordenanzas al Concejo Municipal; recomendando elevar los actuados al Pleno de Sesión de Concejo a fi n que se apruebe la Ordenanza Municipal que regula el Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados. Que, por medio del Dictamen en Mayoría Nº 003-2009- COM-CDUTSV, presentado por los señores Regidores Julián Molina Marín y Paulino Cama Ramírez, integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Seguridad Vial, sugieren al Pleno aprobar el Proyecto de Ordenanza; asimismo, con Dictamen en Minoría Nº 003- 2009-MPH-CDUTSV, el señor Regidor Julio Sánchez Mena, integrante de la Comisión precitada, formula observaciones al Proyecto de Ordenanza propuesto y recomienda su aprobación con la inclusión de dichas observaciones. Que, sometido a debate, luego de las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en el Numeral 8) del Artículo 9º, Numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, con el voto en mayoría del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE HUARAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVO, BASE LEGAL, ALCANCE Y DEFINICIONES Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene como objetivo normar el Servicio de Transporte Público Especial