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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (25/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de setiembre de 2009 403216 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, la persona autorizada por la presente Resolución presentará ante el Titular de la Entidad un informe respecto de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 402154-5 Autorizan viaje de Presidente del INPE a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 226-2009-JUS Lima, 24 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos de Perú y Colombia vienen fortaleciendo sus relaciones bilaterales en diferentes campos como el político, económico-comercial, social, cooperación en materia de defensa y seguridad, así como el de la integración fronteriza; Que, con el objeto de profundizar y fortalecer estos lazos y tratar temas relacionados con la política penitenciaria y la lucha contra el crimen organizado, en el marco de las conversaciones sostenidas por el Ministro de Justicia de Perú y el Ministro de Interior y Justicia de Colombia, se ha programado una visita de trabajo que efectuarán funcionarios del Estado Peruano a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, entre los días 26 y 29 de septiembre de 2009; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece excepciones para la autorización de viajes al exterior de funcionarios con cargo a los recursos públicos, precisando que éstas se canalizarán a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y serán autorizadas mediante Resolución Suprema; Que, se ha visto por conveniente la participación del señor ingeniero Jorge Alejandro León Ballén, Presidente del Instituto Nacional Penitenciario, como integrante de la comisión peruana que efectuará la referida visita de trabajo, por lo que es pertinente autorizar su viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, entre los días 27 y 29 de septiembre de 2009; Que, el gasto que genere el viaje al exterior de dicho funcionario será asumido por el Instituto Nacional Penitenciario, con cargo a su respectivo presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS - aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ingeniero Jorge Alejandro León Ballén, Presidente del Instituto Nacional Penitenciario, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, entre los días 27 y 29 de septiembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo a los recursos del Pliego Instituto Nacional Penitenciario, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 388,96 Viáticos x 3 días US$ 600,00 TUUA US$ 31,00 -------------------- Total: US$ 2 019,96 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, la persona autorizada por la presente Resolución presentará ante el Titular del Sector un informe respecto de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 402154-6 PRODUCE Modifican el Artículo 2º de la R.M. Nº 162-2009-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 414-2009-PRODUCE Lima, 22 de setiembre del 2009 VISTOS: el Memorando Nº 3743-2009-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería, así como el Informe Nº 170-2009-PRODUCE/OGAJ-EAF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Perú forma parte del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC) desde 1998, año en que fue admitido como economía miembro y siendo uno de los objetivos centrales de la política exterior del Perú, la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, es conveniente consolidar la participación peruana en el APEC, como foro orientado al fortalecimiento de la integración regional en los escenarios económico, político y cultural; Que, en el año 2008 el Perú ejerció la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC), lo que implicó ser la sede de la XVI Cumbre de Líderes del Asia Pacífi co, así como organizar una serie de eventos y reuniones en el Perú; Que, con motivo de la XVI Reunión de Líderes del APEC, se emitió la “Declaración de Lima”, la misma que estableció las pautas y compromisos a seguir por las economías miembros del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC); Que, como consecuencia de la Reunión de Líderes realizada en nuestro país, en el año 2008, se