NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (25/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de setiembre de 2009 403233 Resolución Nº 202-2009-CONAFU, publicada en nuestra edición del día 14 de setiembre de 2009. En el décimo considerando y en el artículo único de la Resolución Nº 202-2009-CONAFU de fecha 22 de junio de 2009: DICE: Que, en sesión de fecha 22 de abril de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 164-2009-CONAFU aprobó: Modifi car los artículos 25º y 81º del Reglamento para evaluar las solicitudes para Autorizar el Funcionamiento Provisional de las nuevas Universidades; aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004; DEBE DECIR: Que, en sesión de fecha 22 de abril de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 164-2009- CONAFU aprobó: Modificar los artículos 25º y 81º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certificación Institucional de Universidades y Escuelas de Posgrado bajo competencia del CONAFU; aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005; DICE: Artículo Único.- MODIFICAR los artículos 25º y 81º del Reglamento para evaluar las solicitudes para Autorizar el Funcionamiento Provisional de las nuevas Universidades; aprobado por Resolución Nº 196-2004- CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, quedando redactados de la siguiente manera: DEBE DECIR: Artículo Único.- MODIFICAR los artículos 25º y 81º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Posgrado bajo competencia del CONAFU; aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, quedando redactados de la siguiente manera: 401690-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 404-2009-CONAFU Mediante Ofi cio Nº 920-2009-CONAFU-SG, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 404-2009-CONAFU, publicada en nuestra edición del día 14 de setiembre de 2009. En el sexto considerando y en el primer artículo de la Resolución Nº 404-2009-CONAFU de fecha 06 de agosto de 2009: DICE: Que, en sesión de fecha 24 de julio de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 347-2009- CONAFU aprobó por UNANIMIDAD: Autorizar a los Proyectos de Universidades, Universidades y Escuelas de Posgrado que se encuentran bajo la competencia del CONAFU a contratar docentes por invitación para cubrir las plazas declaradas desiertas, siempre y cuando hayan cubierto el 60% de sus plazas, dando fi el cumplimiento a la Resolución Nº 536- 2008-CONAFU, pudiendo contratar por invitación preferentemente a los docentes que participaron y obtuvieron nota aprobatoria en la clase modelo del último Concurso Público, así como aquellos que han ejercido la docencia en dicha Universidad; DEBE DECIR: Que, en sesión de fecha 24 de julio de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 347-2009-CONAFU aprobó por UNANIMIDAD: Autorizar a los Proyectos de Universidades y Proyectos de Escuelas de Posgrado que se encuentran bajo la competencia del CONAFU y cuyos Concursos de Docentes concluyan a partir de la vigencia de la presente Resolución, a contratar docentes por invitación para cubrir las plazas declaradas desiertas, siempre y cuando hayan cubierto el 60% de sus plazas, dando fi el cumplimiento a la Resolución Nº 536-2008-CONAFU, pudiendo contratar por invitación preferentemente a los docentes que participaron y obtuvieron nota aprobatoria en la clase modelo del último Concurso Público, así como aquellos que han ejercido la docencia en dicha Universidad; DICE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a los Proyectos de Universidades, Universidades y Escuelas de Posgrado que se encuentran bajo la competencia del CONAFU a contratar docentes por invitación para cubrir las plazas declaradas desiertas, siempre y cuando hayan cubierto el 60% de sus plazas, dando fi el cumplimiento a la Resolución Nº 536-2008-CONAFU, pudiendo contratar por invitación preferentemente a los docentes que participaron y obtuvieron nota aprobatoria en la clase modelo del último Concurso Público, así como aquellos que han ejercido la docencia en dicha Universidad. DEBE DECIR: Artículo Primero.- AUTORIZAR a los Proyectos de Universidades y Proyectos de Escuelas de Posgrado que se encuentran bajo la competencia del CONAFU y cuyos Concursos de Docentes concluyan a partir de la vigencia de la presente Resolución a contratar docentes por invitación para cubrir las plazas declaradas desiertas, siempre y cuando hayan cubierto el 60% de sus plazas, dando fi el cumplimiento a la Resolución Nº 536-2008-CONAFU, pudiendo contratar por invitación preferentemente a los docentes que participaron y obtuvieron nota aprobatoria en la clase modelo del último Concurso Público, así como aquellos que han ejercido la docencia en dicha Universidad. 401688-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Academia Diplomática del Perú “Embajador Igor Velásquez Rodríguez” ha organizado el Plan de Estudios de la Maestría en Diplomacia y Relaciones Internacionales, y la Segunda Especialidad Profesional conducente a la obtención del Título de Diplomático de Carrera COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1053-2009-ANR Lima, 15 de septiembre de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Ofi cio RE(ADP) Nº 0101-2009 de fecha 24 de agosto del año 2009, del Rector de la Academia Diplomática del