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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (07/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de abril de 2010 416745 el Cuerpo de Gerentes Públicos, los que se indican a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE CARGO A OCUPAR POR EL GERENTE PUBLICO GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Director de la Ofi cina Regional de Supervisión y Liquidación GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Sub Director de Abastecimiento y Servicios Auxiliares EJÉRCITO DEL PERÚ Jefe de Administración de Derechos del Personal del Ejército EJÉRCITO DEL PERÚ Jefe del Fondo de Salud del Personal Militar del Ejército Artículo Segundo.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Presidenta Ejecutiva 477361-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Reubican temporalmente los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Machupicchu, en la sede judicial de Urubamba, Distrito Judicial del Cusco RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 091-2010-CE-PJ Lima, 11 de marzo de 2010 VISTOS: El Ofi cio N° 055-2010-P-CED-CSJCU-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco, y; CONSIDERANDO: Primero.- Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco somete a consideración de este Órgano de Gobierno la Resolución Administrativa N° 06-2010- CED-CSJCU-PJ, de fecha 03 de los corrientes, mediante la cual se dispone ejecutar y ofi cializar el acuerdo de sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo Distrital de la mencionada Corte Superior de Justicia que estableció la necesidad de reubicar temporalmente por emergencia los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Machupicchu en la sede judicial de Urubamba, por el mes de marzo del presente año, pudiendo ser ampliado dicho periodo en caso necesario; Segundo.-Que, en sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial llevada a cabo en ciudad de La Merced de fecha 27 de enero del año en curso, teniendo en cuenta las lluvias torrenciales que afectaron las vías de comunicación hacia la localidad de Aguas Calientes – Machupicchu se acordó por unanimidad suspender el despacho judicial en el Distrito de Machupicchu; Tercero.- Que, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, y a la declaratoria de emergencia de la localidad de Aguas Calientes, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Cusco en salvaguarda de la integridad física de magistrados, personal jurisdiccional y administrativo que ejercen funciones en los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Machupicchu, en consonancia con la necesidad de mantener el servicio de justicia con efi ciencia y oportunidad, consideró pertinente reubicar temporalmente a los mencionados órganos jurisdiccionales a la localidad de Urubamba durante el presente mes de marzo, donde actualmente funciona la sede judicial de la referida provincia y que cuenta con la seguridad requerida para el normal desarrollo de sus funciones tanto como para brindar atención adecuada a los pobladores y justiciables de la localidad de Aguas Calientes, estando a las particulares condiciones de emergencia que han afectado a dicha circunscripción; Cuarto.-Que, siendo así, en aras de adoptar las decisiones que resultan necesarias dentro del marco estrictamente establecido por la normatividad vigente, teniendo en cuenta la gravedad de los acontecimientos por los cuales ha venido atravesando el Distrito Judicial del Cusco, y en especial la localidad de Aguas Calientes, y a fi n de salvaguardar la integridad física de magistrados y trabajadores; es menester disponer conforme a la competencia legal que corresponde a este Órgano de Gobierno la reubicación temporal por emergencia de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Machupicchu, en la sede judicial de Urubamba, por el mes de marzo del presente año, pudiendo ser ampliado dicho periodo en caso necesario; debiendo conforme a ley, procederse a la respectiva reprogramación de las diligencias que no se hubieren desarrollado por las razones antes expuestas en los mencionados órganos jurisdiccionales; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson Octavio Gonzales Campos por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Reubicar temporalmente por razones de emergencia, en vía de regularización, los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Machupicchu, en la sede judicial de Urubamba, comprensión del Distrito Judicial del Cusco, por el mes de marzo del presente año; delegándose en el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Cusco la facultad de ampliar dicho periodo en caso necesario. Artículo Segundo.- El Presidente de la citada Corte Superior de Justicia deberá mantener informado a este Órgano de Gobierno sobre la situación de los mencionados, también sobre la ampliación del plazo de la reubicación que de ser el caso fuera necesaria, así como respecto al retorno de los citados órganos jurisdiccionales a su sede de origen, una vez culminadas las condiciones de emergencia. Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco, a dictar las acciones administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y a la Gerencia General de Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 477070-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan Acuerdo de Sala Plena que designó miembro titular y Presidente del Jurado Electoral Especial en la circunscripción del Callao y a miembro suplente CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 094-2010-P-CSJCL/PJ. Callao, 5 de abril del 2010.