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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de abril de 2010 416762 Entrada en vigencia del Acuerdo con el Gobierno del Japón relativo al Proyecto para el Mejoramiento de Equipos de Investigación de la Universidad Nacional Agraria La Molina Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Proyecto para el Mejoramiento de Equipos de Investigación de la Universidad Nacional Agraria La Molina”, formalizado a través de intercambio de Notas, Nota Nº O-1A/50/10 de la Embajada del Japón y Nota Nº GAB 6- 18/9 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de 16 de febrero de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 023-2010-RE de fecha 23 de marzo de 2010, publicado el 24 de marzo de 2010. Entró en vigencia el 26 de marzo de 2010. 477247-1 Entrada en vigencia del “Proyecto para Introducción de Energía Limpia por Sistema de Generación de Electricidad Solar” Entrada en vigencia del “Proyecto para Introducción de Energía Limpia por Sistema de Generación de Electricidad Solar”, formalizado a través de intercambio de Notas, Nota Nº O-1A/74/10 de la Embajada del Japón y Nota GAB-6-18/13 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de 9 de marzo de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratificado por Decreto Supremo Nº 024- 2010-RE de fecha 23 de marzo de 2010, publicado el 24 de marzo de 2010. Entró en vigencia el 25 de marzo de 2010. 477249-1 PROYECTO RELACIONES EXTERIORES Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29239 - Ley sobre Medidas de Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Empleo para la Fabricación de Armas Químicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0322/RE-2010 Lima, 31 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29239 – Ley sobre Medidas de Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Empleo para la Fabricación de Armas Químicas, se establecieron medidas de control para el cumplimiento de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción, aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 26465; Que, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria y Final de la citada Ley, el Consejo Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas – CONAPAQ, ha elaborado el Proyecto denominado Reglamento de la Ley Nº 29239 - Ley sobre Medidas de Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Empleo para la Fabricación de Armas Químicas; Que, conforme lo establece el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 149-2005-EF – Disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de Bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la OMC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 068-2007-EF, es necesario efectuar la publicación del citado proyecto de Reglamento, por lo cual, siendo el Ministerio de Relaciones Exteriores la Entidad proponente, le corresponde disponer la publicación del Reglamento; De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29239, el Decreto Supremo Nº 149-2005-EF; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicación del Proyecto de Reglamento Disponer la publicación del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29239 – Ley sobre Medidas de Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Empleo para la Fabricación de Armas Químicas, en el portal institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.rree.gob.pe), que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Plazo de la publicación del Proyecto de Reglamento El Proyecto de Reglamento a que se refi ere el artículo 1º, permanecerá publicado en el portal institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores por un plazo de 90 días calendario, contados desde la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Durante el plazo indicado, los interesados podrán formular comentarios, sugerencias u observaciones por vía electrónica al correo quimicos@rree.gob.pe o por escrito dirigido a la Presidencia del Consejo Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas (CONAPAQ) a través del Departamento de Seguridad Internacional y Desarme, Subsecretaría de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores ANEXO REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29239 – LEY SOBRE MEDIDAS DE CONTROL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS SUSCEPTIBLES DE EMPLEO PARA LA FABRICACIÓN DE ARMAS QUÍMICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento contiene las normas y procedimientos para el control y fi scalización de