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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de abril de 2010 416886 Urbana y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Fiscalización Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalización para su conocimiento y fi nes. Artículo Quinto.- ESTABLECER que el presente diseño de las redes viales y sus usos respecto al diseño urbano de las Áreas de Recreación Pública, que se desarrolla en el Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral Nº 20, tendrá una vigencia de 10 años, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes, una vez aprobados tendrán carácter obligatorio debiendo de inscribirse en los Registros Públicos. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 477555-2 Declaran de necesidad e interés público la pronta ejecución de la obra de Pavimentación de la Av. Nicolás de Piérola ACUERDO DE CONCEJO N° 014 Ate, 31 de marzo de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de Marzo de 2010, la Moción de Orden del Día presentado por el Regidor Johnny Walker Vásquez Arana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de Interés Público, Vecinal o Institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. Que, según lo establece el artículo 50º, inciso d), de la Ordenanza Nº 039/MDA, que aprobó el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, las Mociones de Orden del Día son propuestas mediante las cuales los Regidores ejercen su derecho de pedir al Concejo Municipal, adopte Acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses de la Comunidad. Que, la Av. Nicolás de Piérola (vía periurbana), ubicada en el sector de Santa Clara, es una de las vías que comunica a la comunidad de Santa Clara con la Carretera Central. Que, la comunidad del Sector de Santa Clara, en los últimos tiempos viene alcanzando un gran desarrollo económico, comercial e inmobiliario, por lo que signifi ca de vital importancia para el logro de las metas propuestas por la gestión en favor de las comunidades y asentamientos humanos ubicados en el ámbito de su jurisdicción, contar con la infraestructura urbana y vial acorde a las expectativas y metas propuestas, además por sus pobladores en el desarrollo del comercio y la economía familiar, siendo en este caso la Av. Nicolás de Piérola, una arteria de vital importancia para alcanzar este cometido, por cuanto comunica y relaciona las actividades residenciales, comerciales e inmobiliarias de Santa Clara con el resto de la ciudad siendo califi cada como vía Metropolitana (vía expresa), sin que a la fecha la Municipalidad Metropolitana de Lima haya dispuesto su ejecución. Que, conforme se establece en el artículo 10º, inciso 2) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones y obligaciones de los Regidores formular pedidos y Mociones de Orden del Día. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Regidor Johnny Walker Vásquez Arana, presenta la Moción de Orden del Día, ante el Concejo Municipal, solicitando Declarar como Necesidad e Interés Público para el Distrito de Ate, la pronta ejecución de la obra de Pavimentación de la Av. Nicolás de Piérola, ubicada en el sector de Santa Clara, en bienestar del interés y el desarrollo integral de la comunidad. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesion ordinaria de concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR como Necesidad e Interés Público para el Distrito de Ate, la pronta ejecución de la obra de Pavimentación de la Av. Nicolás de Piérola, ubicada en el sector de Santa Clara en bienestar del interés y el desarrollo integral de la comunidad de esta parte del Distrito. Artículo 2º.- DISPONER que a través de la Gerencia Municipal, se efectúen las coordinaciones pertinentes con la Municipalidad Metropolitana de Lima, en calidad de ente rector, encargado de la ejecución de tan importante obra, con la fi nalidad de que se agilice su realización y se incorpore de ser el caso al Proceso del Presupuesto Participativo Metropolitano en bienestar de nuestra Comunidad. Artículo 3º.- DISPÓNGASE la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Obras Públicas, Sub Gerencia de Ejecución de Obras Públicas, Gerencia de Seguridad y Fiscalización, Sub Gerencia de Fiscalización Municipal, de acuerdo a sus funciones y ámbito de competencia; así como a Secretaría General y Secretaría de Imagen Institucional, la publicación y difusión respectiva; y de manera general a las demás unidades orgánicas de la Corporación Municipal involucradas en la ejecución del presente Acuerdo. Regístrese comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 477555-3 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban el Reglamento Multianual para el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2011 de la Municipalidad ORDENANZA Nº 115-2010-MDC Cieneguilla, 25 de marzo del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. POR CUANTO: El Concejo Distrital de Cieneguilla en Sesión Extraordinaria de la fecha. VISTOS: El Memorando Nº 90-2010-GM/MDC de fecha 24 de marzo del 2010; el Informe Nº 46-2010-GPPR-MDC de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de fecha 20 de marzo del 2010; el Informe Nº 62-2010-GAJ- MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 25 de marzo del 2010 y el Informe Nº 102-2010-GDHPV-MDC de fecha 24 de marzo del 2010. CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización de la Constitución Política del Perú, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la