Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2010 (09/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

legal, establece: "(...) Las dietas son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, (...)"; Que, el articulo 5 del Decreto de Urgencia 0192006, establece que "Los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibiran por todo concepto, la compensacion por el ejercicio de sus funciones que fije el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excedera la suma de S/.14, 300.00 nuevos soles", asimismo en su articulo 8 senala que las dietas de los Consejeros Regionales no pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional correspondiente; Que, el articulo 1 del Decreto de Urgencia 038-2006, establece que los Consejeros Regionales recibiran unicamente dietas, y estas no podran superar en total, el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional que corresponda; Que, el Articulo Primero del Acuerdo del Consejo Regional de Tacna Nro. 024-2006-CR/GOB.REG.TACNA, fija la remuneracion mensual del Presidente Regional de Tacna en S/. 14,300.00 nuevos soles. Asimismo, mediante el Acuerdo del Consejo Regional Nro. 001-2007- CR/GOB. REG.TACNA, se ratifica la remuneracion del Presidente Regional; Por lo expuesto, el Pleno en Sesion Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional y demas articulos pertinentes, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Articulo Primero.- RATIFICAR EL ARTICULO MORDAZA DEL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 024-2006-CR/GOB.REG.TACNA DEL 14.AGOSTO.2006 CONCORDANTE CON EL ARTICULO PRIMERO DEL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2007CR/GOB.REG.TACNA DEL 04.ENERO.2007; EN LA PARTE QUE ESTABLECE LA DIETA MENSUAL DE LOS SENORES CONSEJEROS REGIONALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA. Articulo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de la institucion, conforme lo dispone el Articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna

Institucional, ya sea en el nivel institucional o en el Nivel Funcional Programatico; Que, conforme a Ley, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, se llevan a cabo mediante habilitaciones o anulaciones, que varian los creditos presupuestarios aprobados para el desarrollo de las actividades y proyectos a cargo de la institucion; y, que por tanto, requieren ser efectuadas oportunamente, para garantizar el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el Titular de la entidad es la autoridad competente para aprobar dichas modificaciones presupuestarias y que esta facultad es susceptible de delegacion, siempre que se disponga expresamente y se publique en el Diario Oficial El Peruano; Que, estando al documento indicado en el visto, y considerando que segun el inciso i) del articulo 36º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 024-2008-GRU/ CR, constituye funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, "Conducir el MORDAZA presupuestario y la gestion de recursos necesarios para cumplir con los objetivos y metas contenidas en los planes operativos, programas y proyectos", considera pertinente delegar en dicha Gerencia la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, a fin de coadyuvar sus funciones, garantizando una eficiente y eficaz administracion de los recursos publicos; Que, con las facultades que confiere la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modificatorias, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la visacion de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Administracion y la Oficina Regional de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DELEGAR en el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la facultad de aprobar, a propuesta de la Oficina de Presupuesto y Tributacion, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico durante el Ano Fiscal 2010, conforme el numeral 40.2 del articulo 40º de la Ley Nº 28411, dando cuenta de ello a la Presidencia del Gobierno Regional de Ucayali. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de la presente resolucion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los cinco dias habiles siguientes de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0044-2010-GRU-P
Pucallpa, 11 de enero de 2010 VISTO: GRPPyAT: El Informe Nº 003-2010-GRU-P-GGR-

477511-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Fijan precios a cobrar en el Circuito Magico del agua - MORDAZA de la Reserva
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004
MORDAZA, 30 de marzo de 2010 EL MORDAZA LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA

CONSIDERANDO: Que, las normas que rigen el Sistema Nacional de Presupuesto, posibilitan efectuar, durante el respectivo ejercicio fiscal, modificaciones a los montos y finalidades de los creditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto

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