TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de abril de 2010 416873 UNIVERSIDADES Autorizan la expedición de duplicado de título profesional de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. N° 10101-2009-CU-UNFV San Miguel, 28 de diciembre de 2009 Visto, el Ofi cio Nº 2193-2009-OCAJ-UNFV, del 10.11.09, de la Jefa de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica de esta Casa Superior de Estudios, mediante el cual remite el Informe Legal Nº 698-2009-OCAJ-UNFV, del 10.11.09, relacionado a la solicitud de duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Ambiental, expedido por esta Casa Superior de Estudios, a nombre de don JULIO ARONES CHACÓN; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, publicada el 18.11.2005, en el Diario Ofi cial el Peruano, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con Resolución Nº 1525-2006-ANR, modifi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR publicadas en el Diario Ofi cial el Peruano con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por universidades del país; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 2291-2006- UNFV de fecha 11.05.2006, la Universidad Nacional Federico Villarreal, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Título Profesional, así como de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluyéndolo en el “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado con Resolución Rectoral Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.2003; Que, con escrito de fecha 23.10.09, don JULIO ARONÉS CHACÓN, solicita el duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Ambiental, el mismo que fue otorgado por esta Universidad el 03.07.09, respectivamente; para lo cual adjunta la denuncia policial de fecha 25.08.09, por pérdida de los referidos documentos, la publicación de la pérdida de los referidos diplomas, así como el recibo de pago correspondiente, entre otros documentos; Que, mediante Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos, de fecha 12.10.09, expedido por la Asamblea Nacional de Rectores, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, con fecha 03.07.09, expidió el Diploma de Título Profesional de Ingeniero Ambiental, a don JULIO ARONÉS CHACÓN, el cual se encuentra registrada a fojas 187 del Libro Nº 76, respectivo Nº 69567, que obra en la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios; Que, la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Ofi cio Nº 1138-2009-ORGT- SG-UNFV, del 28.10.09, señala que el requerimiento de don JULIO ARONÉS CHACÓN, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Ambiental; deviniendo en procedente lo solicitado; En mérito a la opinión de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 698-2009-OCAJ- UNFV, del 10.11.09; y estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 5201-2009-R-UNFV, del 22.10.09; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 201 de fecha 16.12.09, acordó Autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Ambiental, a favor de don JULIO ARONÉS CHACÓN; y De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 23733 - Ley Universitaria, Ley Nº 28626, el Estatuto, el Reglamento General, y la Resolución Rectoral Nº 2443-2006-UNFV de fecha 30.05.2006 y el inciso d) del artículo 40° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta Universidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Ambiental, a favor de don JULIO ARONÉS CHACÓN. Artículo Segundo.- La Ofi cina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notifi cará bajo cargo al interesado, así como a la Asamblea Nacional de Rectores, la presente Resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Los Vicerrectorados Académico y Administrativo, la Facultad de Ingeniería Geográfi ca, Ambiental y Ecoturismo; así como la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector 477607-1 Autorizan expedición de duplicado de diploma de grado de bachiller de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. N° 10106-2009-CU-UNFV San Miguel, 28 de diciembre de 2009 Visto, el Ofi cio Nº 2036-2009-OCAJ-UNFV, del 20.10.09, de la Jefa de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica de esta Casa Superior de Estudios, mediante el cual remite el Informe Legal Nº 662-2009-OCAJ-UNFV, del 20.10.09, relacionado a la solicitud de duplicado de los Diplomas de Grado Académico de Bachiller en Tecnología Médica y de Título Profesional de Licenciada en Tecnología Médica, Especialidad: Radiología, expedidos por esta Casa Superior de Estudios, a nombre de doña SANDRA KELLY GARCIA APONTE; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, publicada el 18.11.2005, en el Diario Ofi cial el Peruano, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con Resolución Nº 1525-2006-ANR, modifi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR publicadas en el Diario Ofi cial el Peruano con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por universidades del país; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 2291-2006-UNFV de fecha 11.05.2006, la Universidad Nacional Federico Villarreal, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Académico, Título Profesional, así como de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluyéndolo en el “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado con Resolución Rectoral Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.2003; Que, con escrito de fecha 10.09.09, doña SANDRA KELLY GARCIA APONTE, solicita el duplicado de Diploma del Grado Académico de Bachiller en Tecnología Médica