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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de abril de 2010 416875 resolución, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimientos Auxiliares, deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. VICTOR RAÚL AGUILAR CALLO Rector 477456-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen que el sombrero será parte del uniforme de los trabajadores del Gobierno Regional de Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 106 -AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de la Autoridad Regional Ambiental, mediante ofi cio No. 867-2009-GRA/ARMA, presenta al Consejo Regional la propuesta sobre el “Uso del sombrero por los trabajadores de las Instituciones del Gobierno Regional” siendo el objetivo la protección de la salud de la población de Arequipa de la radiación solar. Que, estando al informe No. 091-2009-GRA/ARMA, se tiene que en los últimos años se ha evidenciado un creciente número de casos de cáncer a la piel; además del cambio climático que facilitan se den estas enfermedades; y ante la noticia difundida de que la radiación ultravioleta llegará al índice más alto a nivel mundial, se hace necesario fomentar el uso del sombrero en las Instituciones Públicas de la Región Arequipa; debiéndose consignar además al sombrero como parte del uniforme de dichas instituciones. Que, mediante informe No. 086-2010-GRA/ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional opina que la propuesta presentada por el Gerente de ARMA se encuentra dentro de los supuestos de la norma contenida en el artículo 39 de la Ley No. 227867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respaldando el proyecto presentado. Que, mediante ofi cio No. 091-2010-GRA/ORPPOT- OPT, la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial opina que siendo el uniforme de trabajo fi nanciado por cada unidad ejecutora conformante del pliego regional, correspondería a cada una de ellas asumir el costo respectivo, con cargo al presupuesto institucional aprobado para el año Fiscal 2010. De conformidad con lo regulado en la Ley No. 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales / y sus modifi catorias y Ordenanza Regional No. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; SE ORDENA: Artículo 1.- Que el sombrero será parte del uniforme de los trabajadores del Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 2.- La Gerencia General Regional será responsable del cumplimiento de la Ordenanza y de la realización de las campañas de difusión y concientización. Artículo 3.- Se autoriza a la Presidencia Regional para que realice las modifi caciones presupuestales pertinentes y/o necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinticinco días del mes de marzo de 2010. CARMEN YAÑEZ FERNANDEZ Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los treinta días del mes de marzo del dos mil diez. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 477463-1 Aprueban Reglamento del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2011 ORDENANZA REGIONAL Nº 107-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el proceso de Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos que fortalece las relaciones del Estado – Sociedad Civil, para lograr consensos básicos en materia de prioridades de gasto público, con énfasis en la inversión. Que, los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a objetivos y metas establecidos en los planes concertados y presupuestos participativos. Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, establecen las disposiciones para el cumplimiento del proceso del Presupuesto Participativo. Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas ha publicado el instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 referido al Proceso del Presupuesto Participativo, a través del cual se norma, instruye y orienta el desarrollo del proceso. Que, según el inciso c) del artículo 14 de la Ordenanza Regional Nº 010-2007-AREQUIPA, especifi ca que es atribución del Consejo Regional aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo. Que, mediante ofi cio Nº 1063-2010-GRA/PR, y Ofi cio Nº 046-2010-GRA/OPDI del Jefe de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, se eleva el Proyecto de Ordenanza Regional que ordena el inicio del proceso de Presupuesto Participativo, período 2011, el Reglamento del mismo para su aprobación, el cronograma de actividades y copia del acta de sesión ordinaria del Consejo de Coordinación Regional de fecha 24 de febrero del 2010. De conformidad con lo regulado en la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales / y sus modifi catorias y Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; SE ORDENA: Artículo 1º.- Dar inicio al proceso de presupuesto participativo del período 2011 del Gobierno Regional de Arequipa, de acuerdo a la normatividad en la materia y al instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Aprobar el Reglamento del Presupuesto Participativo, para el Año Fiscal 2011. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, la implementación y difusión del presente reglamento. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinticinco días del mes de marzo de 2010. CARMEN YAÑEZ FERNANDEZ Presidenta del Consejo Regional de Arequipa