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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (13/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de abril de 2010 417063 Nombres y Apellidos Pasaje aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Ciro Sierra Farfán 647.00 200.00 3+1 800.00 31.00 Luis Cano Ramos 647.00 200.00 3+1 800.00 31.00 Ricardo David Paucar Tavera 647.00 200.00 3+1 800.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión de servicios, los citados funcionarios deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 479874-10 SALUD Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2010-SA Lima, 12 de abril del 2010 CONSIDERANDO: Que, el día 27 de febrero de 2010 se produjo un sismo de intensidad 8.8 grados en la escala de Richter en territorio de la República de Chile, ocasionando numerosas muertes, miles de heridos y damnifi cados, así como la saturación de los servicios de salud, cuya grave situación hizo necesario el apoyo del Estado Peruano, mediante acciones de asistencia humanitaria en el marco de los compromisos asumidos como parte de la Organización de las Naciones Unidas; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 002- 2010-SA, 004-2010-SA y 006-2010-SA, se autorizó del 2 al 11 de marzo, del 11 al 20 de marzo y del 19 de marzo al 2 de abril de 2010, respectivamente, el viaje de profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio de Salud a la República de Chile para que participen en acciones de asistencia humanitaria; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 017-2010 del 1 de marzo de 2010, se autorizó el traslado de un (01) hospital de campaña, personal médico e insumos necesarios para su operatividad a cargo del Ministerio de Salud y a favor de la República de Chile, con el propósito de contribuir a la mitigación de los daños producidos por el desastre natural en dicho país el día 27 de febrero de 2010; Que, la Primera Disposición Transitoria del precitado Decreto de Urgencia, autorizó al Ministerio de Salud a realizar las acciones necesarias destinadas a que el personal vinculado a las acciones a su cargo puedan viajar, a través de vuelos humanitarios, a atender la emergencia en la República de Chile, asimismo, se establece que para tal fi n, los pliegos correspondientes podrán realizar los gastos necesarios vinculados a dichos viajes, pudiendo emitirse las respectivas Resoluciones Supremas, con posterioridad al citado viaje de comisión de servicios; Que, la labor de asistencia humanitaria efectuada por profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio de Salud en la República de Chile fi naliza el día 2 de abril del presente año, lo que hace necesario se autorice el viaje de funcionarios de la alta dirección del Ministerio de Salud para que en representación del Estado Peruano acompañen al personal profesional y técnico capacitado para organizar y efectuar el repliegue y embalaje de un (01) hospital de campaña, cuyos gastos de viáticos serán fi nanciados por el Pliego 011 - Ministerio de Salud; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 017-2010; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar con efi cacia anticipada del 1 al 2 de abril de 2010, el viaje a la República de Chile, de los siguientes funcionarios del Ministerio de Salud, para los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema: - Úrsula Desilú León Chempén - Fernando Alfonso Campos Alcázar - Víctor Félix Choquehuanca Vilca Artículo 2º.- Los gastos de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (3 personas) US$ 1200.00 Artículo 3º.- Disponer que los citados funcionarios del Ministerio de Salud, dentro de los 15 días posteriores a su retorno, presenten a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en la actividad a la que acudirán. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación. La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo Encargada del Despacho del Ministerio de Salud 479874-11