Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2010 (16/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR:

417263

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 193766 de fecha 12 de marzo de 2010, por medio el cual don MORDAZA Gilmar Illanes MORDAZA, solicita Duplicado de Diploma de Bachiller en Ingenieria de Minas, por extravio. CONSIDERANDO: Que, don MORDAZA Gilmar Illanes MORDAZA, solicita duplicado de diploma de Bachiller, por extravio; el diploma de Bachiller fue expedido el 11.09.2002 , Diploma registrado con el Nº853, registrado a Fojas 252 del Tomo 032B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resol. Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la "Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Peru"; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 18952006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedicion de Duplicados de Diplomas de MORDAZA Academico y Titulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades publicas y privadas expedir duplicados de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales por perdida, deterioro o mutilacion; y De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 18 de marzo de 2010. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN INGENIERIA DE MINAS, a don MORDAZA Gilmar Illanes MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº853, registrado a Fojas 252 del Tomo 032B. 2º DAR CUENTA de la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a Secretaria General y Facultad de Ingenieria de Minas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

"Que la Ley Nº 28056 / Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley Nº 29298, y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1422009-EF, establecen las disposiciones para el cumplimiento del MORDAZA del Presupuesto Participativo".

480708-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Amplian plazo de reestructuracion administrativa y presupuestal del Gobierno Regional declarado mediante la Ordenanza Nº 001-2010-GR.LAMB./ CR
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2010-GR.LAMB./CR
Chiclayo, 5 de MORDAZA de 2010 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 15 de marzo del 2010, en su continuacion de fecha 30 de marzo del mismo ano, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2010GR.LAMB./CR, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA declaro en reestructuracion administrativa y presupuestal al Gobierno Regional de MORDAZA por un plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, periodo dentro del cual el Directorio de Gerentes Regionales, a traves de la Gerencia General Regional, propondria un MORDAZA diseno organizacional y el respectivo Reglamento de Organizacion y Funciones. Que, sin embargo, atendiendo a que pese a los esfuerzos realizados la labor de concertacion y sociabilizacion aun no concluye dada la complejidad de la materia que debera quedar contendida en el respectivo documento de gestion definitorio de la nueva estructura regional, el Directorio de Gerentes del Gobierno Regional de MORDAZA acordo, en su sesion de fecha 1 de marzo del presente ano, solicitar al Consejo Regional una ampliacion del plazo otorgado por la Ordenanza Regional Nº 001-2010-GR.LAMB./CR. Que, asimismo, en el Articulo MORDAZA de la disposicion regional referida se dispuso tambien que la elaboracion de la propuesta de MORDAZA diseno organizacional se llevara a cabo con la participacion de los representantes de los trabajadores del Gobierno Regional de MORDAZA, extremo cuyo cumplimiento es necesario fiscalizar a fin de garantizar la debida socializacion y concertacion de la propuesta de reestructuracion en marcha. Que, asimismo, el inc. a., del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece tambien como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que, estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- AMPLIESE el plazo otorgado por el Articulo Primero de la Ordenanza Regional Nº 001-2010GR.LAMB./CR, a cuarenta y cinco (45) dias calendario adicionales, contados desde la fecha de vencimiento del primero de los plazos concedidos Articulo Segundo.- SOLICITAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, haga saber al Consejo

480613-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 107-AREQUIPA
Mediante Oficio Nº 382-2010-GRA/CR, la Presidencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 107-AREQUIPA, publicada en la edicion del dia 9 de MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. En el Tercer Considerando DICE: "Que la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, establecen las disposiciones para el cumplimiento del MORDAZA del Presupuesto Participativo".

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