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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de abril de 2010 417498 cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la norma pertinente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia que crea la Comisión Permanente de Califi cación de Indultos; el Decreto Supremo Nº 07-95-JUS, que aprueba su Reglamento; y el numeral 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones y conceder indultos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder indulto común a los sentenciados que cumplen condena en los Establecimientos Penitenciarios de la República que se detallan a continuación: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LURIGANCHO 1.- TIPACTI GARCIA, MIGUEL ARTURO ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CALLAO 2.- QUISPE GARCIA, GKTHALS JOQHUONE 3.- VALLADARES CHAVEZ, MARIO DANIEL 4.- OLIVA RODRIGUEZ, JEAM PIERRE CRISTOPHER ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LIMA 5.- MORENO VELASCO, JUAN PABLO ESTABLECIMIENTO DE ASISTENCIA POST PENITENCIARIA Y EJECUCION DE PENAS LIMITATIVAS DE DERECHO DE SURQUILLO 6.- QUISPE NARCISO, ALEX MANUEL Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 483670-6 Designan Procurador Público Adjunto del Ministerio de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2010-JUS Lima, 20 de abril de 2010 VISTO, el Ofi cio Nº 480-2010-JUS/CDJE del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 240-2005- JUS, se designó al señor abogado José Arturo Rodríguez Hernández como Procurador Público Adjunto a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, habiendo formulado renuncia a dicho cargo con fecha 26 de enero de 2010; Que, conforme al ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto designar en su reemplazo al señor abogado José Martín Avalos Rodríguez como Procurador Público Adjunto del Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que resulta pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor abogado José Arturo Rodríguez Hernández como Procurador Público Adjunto a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado José Martín Avalos Rodríguez como Procurador Público Adjunto del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 483670-7 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Ratifican representantes del Colegio de Psicólogos del Perú y del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ante el Consejo de Adopciones de la Secretaría Nacional de Adopciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 353-2010-MIMDES Lima, 20 de abril de 2010 Vistos los Ofi cios Nº 053-2010-CDN-C.Ps.P y Nº 078- 2010-CDN-C.Ps.P. del Decano Nacional del Colegio de Psicólogos del Perú; CONSIDERANDO: Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, establece que en toda medida que concierne al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto de sus derechos; Que, el artículo 119 del Código de los Niños y Adolescentes dispone que la Ofi cina de Adopciones, hoy Secretaría Nacional de Adopciones, es la institución encargada de tramitar las solicitudes de adopción de niños